Nicaragua: ¿Quién gana y quién pierde con los cambios en el IR?

La nueva Ley de Concertación Tributaria mantiene la figura del Impuesto Pago Mínimo definitivo del uno por ciento, pero al permitir deducir del mismo las retenciones a cuenta mensuales del dos por ciento sobre ventas (renta bruta) y el 1.5 por ciento sobre ventas efectuadas mediante tarjetas de crédito, el Impuesto Pago Mínimo Definitivo de facto desaparece.

Adolfo Acevedo Vogl

Economista

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Algunas implicaciones:

1. El Impuesto sobre la Renta de las Empresas queda reducido a su mínima expresión, cuando no desaparece o se convierte en una deuda del fisco con las empresas.

La nueva Ley de Concertación Tributaria mantiene la figura del Impuesto Pago Mínimo definitivo del uno por ciento, pero al permitir deducir del mismo las retenciones a cuenta mensuales del dos por ciento sobre ventas (renta bruta) y el 1.5 por ciento sobre ventas efectuadas mediante tarjetas de crédito, el Impuesto Pago Mínimo Definitivo de facto desaparece.

Pero más aún, esta deducción podría hacer desaparecer o reducir a su mínima expresión el propio treinta por ciento sobre la renta neta.

Esto es así porque al deducir el dos por ciento de retención mensual sobre las ventas sin tarjeta, y el 1.5 por ciento sobre las ventas con tarjeta, desaparecerá de facto el pago mínimo definitivo del uno por ciento, y la mayor parte de las veces se tornará negativo, porque el dos por ciento de las ventas será invariablemente mayor que el uno por ciento sobre la renta bruta (que en lo fundamental equivale a las ventas).

Si esta diferencia negativa es mayor que el treinta por ciento de la renta neta, en vez de la empresa pagar el IR, el fisco puede quedar en deuda con la empresa.

En el mejor de los casos, si esta diferencia negativa no es menor al treinta por ciento sobre la renta neta, el pago del IR quedará reducido, como ya se dijo, a su mínima expresión.

2. Se mantiene intacto el oneroso sistema de exenciones y exoneraciones, que dejan fuera del alcance del sistema tributario a sectores enteros de la economía, en los que predominan las empresas más grandes y rentables .

3. Mientras los asalariados continúan sometidos a una escala de tasas marginales progresivas que va del 15 al 30 por ciento, quienes devengan dividendos y rentas financieras han visto reducir su carga tributaria del diez al cinco por ciento (a la mitad). 4. Gran parte de las unidades económicas que estaban bajo cuota fija pasarán al régimen general del IR y deberán comenzar a trasladar el IVA a los consumidores..

Esto producirá una elevación general del nivel de precios y aumentará la recaudación del IVA.

Quizá esta sea la medida diseñada para compensar, con el aumento en la recaudación del IVA, la pérdida en recaudación del IR de las empresas.

5. Los grandes perdedores: los profesionales independientes y artistas.

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COMENTARIOS

  1. Nicaraguita
    Hace 14 años

    Buenos Días Lic. Acevedo, muy interesante su articulo, pero para las personas que no somos economistas o financieros, podría explicarnos en castellano?

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