Ramón H. Potosme
Tal disposición, según la diputada Irma Dávila, engloba 28 mociones que había sugerido la Federación de Asociaciones de Personas con Discapacidad. Dicha organización mantuvo una fuerte protesta, porque según ellos se les discriminaba en la ley y daba espacio a confusiones entre discapacitados e incapacitados pues ambos términos estaban al mismo nivel.
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Aquellas mujeres que dedicaron toda su vida al cuido de la familia y que al divorciarse quedan desamparadas económicamente podrán optar a la pensión compensatoria, que es otorgada al cónyuge afectado producto del divorcio. Tal disposición fue aprobada ayer con 79 votos a favor y ninguno en contra en el Código de la Familia que discuten los diputados.
Los parlamentarios han aprobado 179 de 649 artículos que contiene el Código de la Familia. A la fecha se ha establecido el concepto de familia, el matrimonio y la unión de hecho estable, el patrimonio familiar, los regímenes económicos, el divorcio y la nulidad de los matrimonios, así como las pensiones compensatorias.
Dichas pensiones también podrán ser reclamadas por los hombres a sus esposas siempre y cuando demuestren que están en desamparo y que a causa del matrimonio dejaron de estudiar y trabajar.
Para otorgar la compensación el juez deberá tomar en cuenta la edad y el estado de salud, la calificación profesional y probabilidades de acceso a un empleo, la duración del matrimonio, los medios económicos y las necesidades de uno u otro cónyuge.
Al final del artículo 172 se establece que la pensión terminará cuando el o la cónyuge se case nuevamente o contraiga unión de hecho estable. También cuando logre mejorar su condición económica.
Por otro lado, cuando se separan de cónyuges, al repartirse los bienes que se establecieron en común en el acta de matrimonio, se deberá tomar en cuenta el aporte de cada uno de ellos, tanto los ingresos como el trabajo doméstico. Además será importante saber en quién recaerá el cuido y la crianza de los niños y adolescentes o de personas declaradas incapaces judicialmente.
Para el próximo jueves se espera siga la aprobación de esta ley con el libro segundo referido a la maternidad, paternidad y filiación.
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