Martha Vásquez
La Corte Suprema de Justicia (CSJ) mandó a desautorizar a la Procuraduría General de la República (PGR) mediante una circular, por considerar que se está atribuyendo funciones de mando y subordinación sobre funcionarios del poder ejecutivo y judicial que no le corresponden.
La controversia empezó cuando la PGR publicó un comunicado en un medio de comunicación, donde argumenta que los cuatro poderes del Estado —legislativo, ejecutivo, judicial y electoral— son órganos del Gobierno, según el artículo 7 de la Constitución, y que por tanto todos los trabajadores del Estado son empleados y servidores públicos.
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“Los servidores públicos del tráfico jurídico inmobiliario (ejecutivos y judiciales) están sabidos de las responsabilidades por acción u omisión en la protección a los bienes del Estado, que representa la PGR”, reza el comunicado, cuyo motivo de publicación aún se desconoce, pues el procurador Hernán Estrada no se encuentra en el país, informaron en la oficina de Relaciones Públicas de esa institución.
Esta publicación fue interpretada por la Corte Suprema de Justicia como una amenaza para la independencia del poder judicial, así como para sus funcionarios “al quererlos amedrentar con posibles sanciones”.
“La referida institución (PGR) pretende subordinar a su autoridad en lo que concierne al tema de la propiedad, no solo a las autoridades del ejecutivo que no dependen de esta institución sino también a las del poder judicial”, reza la circular emitida por el Consejo de Administración y Carrera Judicial de la CSJ.
AMENAZA IMPLÍCITA
Además, agrega la circular: “Ante la amenaza para los funcionarios públicos y judiciales implícita en la publicación aludida, esta Corte les hace saber que de conformidad con la Constitución y demás leyes pertinentes, ustedes (empleados judiciales) únicamente pueden recibir orientaciones emanadas de esta dirección superior y solo pueden ser sancionados de conformidad con lo establecido por el régimen disciplinario del poder judicial”.
NO DEJA CABO SUELTO
La circular fue enviada a jueces, magistrados, registradores públicos y demás personal del poder judicial. En sus argumentos, el Consejo reconoce que efectivamente este poder del Estado es órgano del Gobierno y que la Corte ejerce el “Gobierno judicial” de conformidad al artículo 164 de la Constitución y que la misma Carta Magna en su artículo 183 dice que ningún funcionario tendrá otra autoridad, facultad o jurisdicción que las que le confiere la Constitución Política y las leyes de la República.
También le aclaran al procurador Estrada que de acuerdo con el artículo 144, únicamente al presidente de la República, en su doble calidad de jefe de Gobierno y Estado, le compete definir y decidir los niveles y términos de la coordinación entre los poderes del Estado.
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