Por Lucía Navas
Para la Red Nacional de Defensa de los Consumidores (RNDC) los usuarios de tarjetas de crédito quedaron sin posibilidad de recurrir ante el Instituto de Promoción de la Competencia (Procompetencia), en los casos que se sientan violentados sus derechos por el Sistema Financiero Nacional (SFN).
Esta reacción responde a que la Sala de lo Constitucional de Corte Suprema de Justicia (CSJ), dio lugar al recurso de amparo a favor del sistema bancario y no reconoce facultades a Procompetencia para conocer las quejas sobre la fijación de la tasa de interés que se cobra por el uso de las tarjetas de crédito.
La cartera de préstamos del SFN sumaba 43,143 millones de córdobas a junio. De ese total 9.9 por ciento correspondía a tarjetas de créditos, mientras que el crédito personal, que incluye extrafinanciamiento vía tarjetas, era del 14.9 por ciento.
La sentencia judicial declara que Procompetencia “actuó fuera de su ámbito legal e invadió una materia exclusiva de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Siboif)”.
Para Jorge Rooseess, directivo de la RNDC, se sentó un precedente negativo contra los consumidores de cualquier sector, pues asegura que no se podrá recurrir ante Procompetencia porque se le restó facultades que su misma ley creadora le da, para resolver en demandas por prácticas anticompetitivas.
Entre tanto, Procompetencia rechazó el amparo a los bancos e interpuso recurso de aclaración a la CSJ.
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