Aunque el mercado de las telecomunicaciones está en constante desarrollo y evolución en todo el mundo, lo hace esencialmente en la misma forma en la mayoría de los países. No debe, por tanto, sorprendernos que los principios de una reglamentación eficaz sean convergentes en casi todos los mercados.
Sin embargo, la puesta en práctica de esos principios varía considerablemente según la estructura y el grado de evolución del mercado de telecomunicaciones de que se trate, los recursos del país, su marco jurídico y su capacidad reguladora de sus instituciones.
Las diversas autoridades regulatorias piensan que una vez que se ha implantado la competencia efectiva en los mercados, la reglamentación debe reducirse al mínimo necesario, especialmente en los mercados en donde la oferta de servicios es suficientemente amplia y variada. Está mundialmente demostrado que los mercados liberalizados se adaptan mejor a las necesidades económicas que los controlados por el Gobierno. Las ventajas de la liberalización de los mercados se pueden anular o menoscabar gravemente si se toman medidas abusivas en materia de reglamentación.
No obstante, en las primeras etapas de la liberalización de un mercado suele ser necesaria la intervención del regulador para fomentar una competencia eficaz. La adopción de decisiones transparentes para eliminar los obstáculos a la competencia en la primera etapa del proceso de liberalización estimulará la competencia y permitirá reducir la reglamentación. Cuando los mercados están empezando a abrirse a la competencia, la reglamentación deberá centrarse normalmente en los operadores establecidos, cuyas redes deben abrirse a la interconexión y desagregación para permitir la entrada de nuevos operadores. Esto ocurre ahora mismo en Panamá y Costa Rica.
Entre los organismos reguladores existe la tendencia a intentar ser imparcial e independiente, y desde luego tratar por igual a las empresas existentes y a las que se están implantando. Esta manera de actuar puede prolongar realmente la intervención del regulador, imponer cargas innecesarias a las nuevas empresas, e impedir la puesta en práctica de iniciativas reglamentarias asimétricas favorables a implementación de nuevos servicios.
Se ha tardado mucho en aprender esta lección. Al principio, muchos organismos reguladores rehusaban a intervenir y sugerían que las empresas nuevas y las ya existentes en litigio negociasen libremente las condiciones de interconexión. Algunos organismos reguladores han tardado muchos años en comprender que la mayor parte de los operadores establecidos o con alta cuota de mercado, tienen pocos alicientes para negociar acuerdos razonables de interconexión con aquellos que se podrían convertir en sus competidores. En lugar de reducir la reglamentación, esta política pasiva puede conducir a la intervención reiterada y prolongada del regulador en el campo de la interconexión.
Con el paso de los años, hay cada vez más organismos reguladores que se han dado cuenta de la necesidad de intervenir con firmeza para vigilar el cumplimiento de acuerdos de interconexión que promueven considerablemente la competencia. Este tipo de intervención incluye la reglamentación dinámica, es decir, el establecimiento anticipado de directrices, además de la solución de controversias.
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