Juez desestima acusación

Por deficiencias de la Fiscalía en el relato de un accidente de tránsito, la suplente del Juzgado Segundo de Distrito Penal de Audiencias de Matagalpa, Ana Ruth Castro, desestimó la acusación contra Orlando Ramírez Tórrez, de 46 años, por los presuntos delitos de homicidio y lesiones imprudentes en concurso ideal.

CORRESPONSAL/MATAGALPA

Por deficiencias de la Fiscalía en el relato de un accidente de tránsito, la suplente del Juzgado Segundo de Distrito Penal de Audiencias de Matagalpa, Ana Ruth Castro, desestimó la acusación contra Orlando Ramírez Tórrez, de 46 años, por los presuntos delitos de homicidio y lesiones imprudentes en concurso ideal.

Sin embargo, la judicial dejó a salvo el derecho del Ministerio Público de intentar nuevamente la acción penal contra Ramírez “cuando (la Fiscalía) lo crea conveniente”.

En la resolución de la audiencia preliminar del proceso, Castro ordenó la libertad de Ramírez, quien había sido detenido tras el accidente de tráfico ocurrido el día de Navidad en una cuesta de la comunidad Hierba Buena, del municipio de Waslala, Región Autónoma del Atlántico Norte.

De acuerdo con la acusación, Ramírez, presuntamente “bajo los efectos de bebidas alcohólicas”, manejaba un camión con placas MT 01042 “con exceso de pasajeros”, dirigiéndose desde la comunidad El Chile hacia el poblado de Waslala.

En una cuesta denominada Camilo, refiere la acusación, Ramírez “de forma negligente” maniobró la palanca de la caja de cambios de velocidad, sin embargo “se le murió la máquina”, por lo que retrocedió unos 40 metros hasta que el camión salió de la vía, impactando contra dos árboles.

Bismark Rodríguez Vega, de 34 años, y Reinaldo Martínez Salgado, de 20, quienes iban en el camión, murieron en el accidente. Mientras que Leyron Adán Argüello Sáenz, de 28 años; Modesto Leiva Rivas, de 44; Adela del Carmen Peralta Castellón, de 34, y Migdalia Chavarría Palacios, de 22, resultaron heridos.

LA AUDIENCIA

Durante la audiencia, el defensor Darlin Antonio Obando cuestionó la relación de hechos presentada por la Fiscalía, indicando que esa entidad no ofreció pruebas de alcoholímetro para determinar si Ramírez en realidad conducía ebrio y si fue esa la causa del accidente o el hecho de maniobrar “de forma negligente” la palanca de cambios.

A criterio de Obando, la Fiscalía tampoco precisó la hora del accidente ni la capacidad de pasajeros del vehículo para determinar si iba con exceso.

Tras los alegatos de las partes, la juez Castro consideró que la acusación de la Fiscalía “no está circunstanciada”, por lo que resolvió no admitirla

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