A juicio proyecto de minería Las Crucitas

El proceso judicial contra la minería Las Crucitas, que se desarrollaría cerca de la frontera con Nicaragua, fue elevado a juicio por un juez de etapa intermedia, aunque la fecha de inicio de la parte oral debe ser confirmada por el Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José.

CORRESPONSAL/ COSTA RICA

El proceso judicial contra la minería Las Crucitas, que se desarrollaría cerca de la frontera con Nicaragua, fue elevado a juicio por un juez de etapa intermedia, aunque la fecha de inicio de la parte oral debe ser confirmada por el Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José.

La demanda contra Infinito Gold, desarrolladora del proyecto, fue presentada en 2008 por la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna Silvestre (Apreflofas), alegando arbitrariedades en el otorgamiento de la viabilidad del proyecto por parte de la Secretaría Técnica Ambiental de Costa Rica, dado que la minería metálica con uso de cianuro podría dañar el medio ambiente y contaminar potencialmente al río San Juan de Nicaragua.

Según el abogado de Apreflofas, Bernal Gamboa, tras una audiencia preliminar realizada entre las partes a inicios de semana en el Segundo Circuito Judicial de San José, el juez de etapa intermedia fijó el juicio que se desarrollará entre el 4 y 8 de octubre.

Pero la fecha aún debe refrendarla el Tribunal, debido a que los ambientalistas presentaron una tercera denuncia, la cual esperan sea anexada al expediente.

Una segunda denuncia, presentada por el biólogo Jorge Lobo, ya fue juntada al expediente. En ella el demandante critica la tala de árboles en áreas protegidas, lo cual es prohibido en Costa Rica.

Mientras el proceso judicial no culmine, las medidas cautelares que impiden a Infinito Gold continuar el proyecto siguen vigentes.

En la audiencia preliminar de esta semana, el Tribunal Contencioso Administrativo rechazó los principales argumentos de Infinito y la procuraduría, como que los ambientalistas no agotaron la vía administrativa antes de irse a esta demanda.

Otro alegato rechazado es que los actos denunciados no son susceptibles de ser demandados por no ser actos que provocan efectos jurídicos.

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