El Jefe de Relaciones Públicas del Ejército Nacional, general Adolfo Zepeda, salió al paso de las críticas de las recientes reformas a la normativa militar interna en la institución castrense y aseguró que en ningún momento se pretende crear cargos “vitalicios”, principal preocupación de los organismos de defensa de los derechos humanos y entidades especializadas en asuntos militares.
“Mira, lo que quedan vitalicios son los grados. Uno deja de ser general hasta que muere. Pero en ningún momento quiere decir que va a estar en el cargo de forma vitalicia. Aquí todos estamos claros que vamos a pasar a retiro y que en cualquier momento podemos entregar la silla. Nadie está aquí para siempre”, afirmó Zepeda.
El general coincidió con los argumentos que ha estado brindando la Policía Nacional sobre los cambios que el presidente Daniel Ortega emprendió en las normativas de la institución, en el sentido que estas reformas el Ejército ya las venía trabajando desde hace mucho tiempo.
“Esto no es algo que se nos ocurrió ahorita. Esto ya se venía trabajando desde por lo menos dos años atrás y el plan de nosotros era precisamente tenerlas listas en el año del 30 aniversarios del Ejército”, aseguró.
Zepeda explicó que las reformas no son tan amplias y que sólo comprendieron cinco artículos, de los 120 comprendidos en las normativas militares. Estos fueron el 45, 66, 79, 119 y 120.
DETALLES DE LOS CAMBIOS
El vocero del Ejército explicó que en el caso del artículo 45 la reforma consistió en agregar una nueva figura en la estructura jerárquica denominada “funcionarios”. Éstos son profesionales (doctores, ingenieros, periodistas, por citar ejemplos) que son integrados a la fuerza armada, con rango militar.
“Estos cuadros podrán ascender normalmente hasta llegar a coroneles, pero difícilmente podrán acceder a rangos de mando, ni mucho esperar que lleguen a ser parte del Ejército, ya que no son cuadros que surgen directamente de la academia militar”, explicó.

El artículo 66 sólo comprendió agregar algunos nuevos términos como son “sargentos y soldados de tropas especiales”.
El artículo es el que se refiere a que los oficiales generales (que van de Mayor General a General de Ejército) podrán optar a un tiempo de servicio mayor a los 35 años. La normativa anterior establecía como tiempo límite 30 años, hasta el grado de coronel.
“En la antigua normativa se establecía que la edad máxima de retiro de los oficiales será de hasta 55 años en la escala superior y 60 en la escala media, excepto en el caso de los oficiales generales que se regirá bajo normas particulares. Es decir, desde la normativa anterior ya estaba establecido que esto quedaba a consideración de la comisión de cuadros y el comandante en jefe. La reforma lo que hizo fue una redacción nueva, cambiando la forma de decir lo que ya estaba establecido”, insistió Zepeda.
La reforma al artículo 119 establece subir la edad de permanencia de los coroneles de escala superior a 60 años (anteriormente era a los 55 años), misma edad que está determinada a los coroneles de escala media.
Finalmente el artículo 120 establece que la edad de retiro de los oficiales es hasta los 60 años edad, excepto en el caso de los oficiales generales. Pero se establece que debido a la necesidad institucional o la naturaleza del cargo, el general de ejército podrá autorizar la continuidad en servicio de aquellos oficiales generales que sobrepasen los 60 años o 35 años de servicio militar activo.
“¿A qué nos referimos con casos particulares? En la institución tenemos oficiales profesionales, con maestrías, con postgrados, con altos estudios en ciencias militares. Si la institución a los 55 años deja ir a estos cuadros, cuánto nos va a costar volver a capacitarlos? De hecho los estamos capacitando, pero a estos elementos que estamos capacitando hay que darles también chance que tengan cierta experiencia en el campo”, alegó el vocero del Ejército.
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