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El argumento del Consejo Supremo Electoral (CSE) para resolver la suspensión de los comicios municipales en tres municipios de la Región Autónoma Atlántico Norte (RAAN), se sustentará en que es un tema de materia electoral y por tanto lo decidirán de forma colegiada.
El presidente del CSE, Roberto Rivas Reyes, evitó decir si ya existe una decisión al respecto, pero afirmó que hay una gran preocupación porque los informes que han analizado hasta el momento demuestran que “es una cuestión bien delicada y hay muchos problemas profundos; yo estoy afligido porque estamos encontrando muchas situaciones, ahí hay que hacer un trabajo técnico enorme”.
Los municipios afectados serían Bilwi, Prinzapolka y Waspam.
“Esto es una cuestión puramente técnica, esto no es político, no es un problema político… (Es técnica) en el sentido de la movilidad, en el sentido del derecho al voto, en el sentido del derecho ciudadano a ser elegidos, en el sentido de muertos y desaparecidos, de depurar el Padrón Electoral, o sea, hay toda una serie de cosas que cambian radicalmente el panorama”, explicó Rivas.
Agregó que “depende de cada situación en particular, si fuese un problema político de partidos y eso, yo diría es una decisión política que la toma la Asamblea Nacional como primer Poder del Estado; si fuese una decisión de carácter mera y puramente electoral, es una decisión que queda bajo el ámbito del Poder Electoral y tendrá que ponerlo en conocimiento de los partidos, de los ciudadanos y de los otros poderes del Estado”.
Citó como ejemplo que algunos ciudadanos tuvieron que desplazarse a otros lugares al ser afectados por el huracán Félix, en septiembre pasado, y ahora son postulados como candidatos, incumpliendo con el requisito de haber residido en esa localidad al menos dos años antes de la elección, lo que los inhabilita de participar en el proceso electoral.
Según fuentes electorales, además de la aplicación del artículo 179 de la Ley Electoral, que faculta al CSE para resolver conforme a las disposiciones del Derecho común cualquier asunto en materia electoral, que no esté previsto en la presente ley, se van a auxiliar del artículo 10, que contiene las atribuciones de ese Poder del Estado.
Ese artículo refiere que el CSE puede convocar, organizar y dirigir los procesos electorales, además de dictar conforme a la ley de la materia las medidas pertinentes para que los procesos electorales se desarrollen en condiciones de plena garantía.
YATAMA POR SUSPENSIÓN
El diputado Brooklyn Rivera, dirigente del partido indígena Yatama y aliado del Frente Sandinista (FSLN), mantiene su posición de que no se realicen elecciones en esos tres municipios de la RAAN.
“No hay sentido de que nosotros inscribamos candidatos, cuando las autoridades regionales ya han asumido la decisión de establecer que no hay condiciones físicas ni humanas para llevar a cabo las elecciones, nosotros respaldamos plenamente y por eso no inscribimos nuestros candidatos”, afirmó Rivera.