- Reclama propiedades embargadas
[/doap_box]
CORRESPONSAL / CARAZO
Mover un cerco unos metros hacia su propiedad, hace varios años, le está costando una demanda por cien mil dólares al señor Alberto Sotomayor Báez, quien fue demandado y asegura ser víctima de “vicios judiciales” avalados supuestamente por la Juez Local Civil de Jinotepe, Carmen de Fátima Orozco Carazo.
Sotomayor acusa a la judicial de beneficiar a una de las partes, negándole su derecho a defenderse. “Ha demostrado en todos los autos una eficiencia a favor de la demandante, pero si yo solicito algo no me responde”, afirmó.
La juez ejecutó el embargo de dos propiedades de Sotomayor: una casa veraniega en Huehuete, valorada en más de 300 mil dólares, y otra casa ubicada en el mercado de Jinotepe, cuyo valor es de 56 mil dólares.
Este embargo se produjo para presionar al demandado a pagar la multa que impuso la judicial.
Fátima Orozco dijo a LA PRENSA que se separó del caso y ha actuado apegada a derecho. “En el ejercicio de mi función jurisdiccional sólo me atengo a lo que dice la ley… Lo pasé (el caso) al Tribunal de Masaya porque es el competente, el de Distrito se pronunció, pero como es de mayor cuantía no le corresponde”, explicó la judicial.
Negó haber puesto montos en dólares y muy molesta refirió que no tiene padrinos en la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
DICE QUE COMPRÓ
La demanda por daños y perjuicios es promovida por María Victoria Zúniga, en representación de su hija, la doctora Ada María Rojas Zúniga, quien tiene una propiedad veraniega junto a la casa de Sotomayor en el balneario El Tamarindo, en Huehuete.
El conflicto comenzó, según el asesor legal de Zúniga, Roberto Portocarrero, cuando Sotomayor botó el cerco y se metió seis metros al patio vecino.
Sin embargo, Sotomayor asegura haberle comprado el pedazo de terreno a la doctora Ada Rojas y que esta canceló la escritura aprovechando que él estaba fuera del país.
El abogado Portocarrero sostiene que se le promovió un amparo policial a Sotomayor, por seguir molestando, y luego un amparo en la posesión.
Dijo que en este proceso se le condena a abstenerse de perturbar la propiedad de su vecina y a pagar los daños y perjuicios ocasionados.
“Como vuelve a molestar, se le manda una relación de daños y perjuicios en la demanda de ejecución de sentencia, que era de mayor cuantía y no contestó”, señaló Portocarrero.
LA DEMANDA
La demanda contra Sotomayor, por la suma de cien mil dólares, fue basada en una declaración jurada que hiciera un holandés que supuestamente iba a comprar la propiedad a la señora Zúniga, quien perdió la oportunidad de venderla por ese contratiempo.
Incluyó otros gastos, como el mantenimiento de un cerco de piñuelas y la mensualidad de la empleada doméstica de su casa, según los documentos.
“La juez no es competente para esa cuantía, pero además la ejecución de sentencia debía versar sobre la posesión, no en dinero, esa demanda es nula y la juez le dio trámite a todo”, ripostó Sotomayor.
La juez Orozco, según el expediente que pasó al Tribunal de Apelaciones de Masaya, promovió una subasta de las propiedades, pese a que el caso estaba en apelación en el Juzgado de Distrito Civil.
Ese juicio por ejecución de sentencia, por pago de daños y perjuicios, fue anulado por el juez de distrito Eduardo José Leiva Ayón.
Leiva anuló todo lo actuado por la juez local civil a partir del 29 de septiembre del año 2006. Resolvió que no había lugar para tramitar la solicitud de ejecución de sentencia, interpuesta por la señora Zúniga y mandó a comenzar el juicio hasta el folio 14, donde se ventilaba un recurso de amparo en la posesión.
También indicó que no había costas que pagar en la resolución del 14 de mayo de este año.
“A estas alturas la juez Orozco se ha negado a devolver los bienes embargados y el usufructo de arriendo de la casa del mercado, que corresponde a la fecha a más de siete mil dólares”, dijo Sotomayor.
Aseguró que la casa del mercado de Jinotepe produce 450 dólares mensuales y ese dinero es retirado por la señora Zúniga desde hace 16 meses, según el quejoso.
A criterio de algunos juristas consultados por LA PRENSA, la judicial Orozco violó el artículo 167 de la Constitución, al no devolver los bienes embargados.
“La sentencia era posesoria, no de acción de pago”, coincidieron los juristas consultados que pidieron el anonimato.