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El contralor Lino Hernández Trigueros defendió ayer la resolución de la Contraloría General de la República (CGR), en la que impuso presunción de responsabilidad penal a los ex directivos del Banco Central de Nicaragua (BCN), por la renegociación de la deuda generada por los Certificados Negociables de Inversión (Ceni) y la subasta de bienes quebrados.
La CGR presume responsabilidad penal contra los ex directivos del BCN, Eduardo Montealegre, en ese entonces Ministro de Hacienda; Mario Alonso Icabalceta, ex presidente del BCN; Gilberto Cuadra, Benjamín Lanzas, Ricardo Parrales y Silvio Conrado, miembro del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN).
Conrado es el actual representante del gobierno de Daniel Ortega ante el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE). La Fiscalía General de la República deberá ahora realizar sus propias investigaciones y decidir si acusa a los ex directivos del BCN.
CONTRALOR ASEGURA QUE BENEFICIARON A BANCENTRO
Hernández dijo que los directivos del BCN deben responder por un incremento irregular de 0.36 por ciento de los intereses que recibió el Banco de Crédito Centroamericano (Bancentro).
Asimismo afirmó que la tasa de interés del Bancentro antes de la renegociación de la deuda era de 7.93 por ciento, pero los directivos del Banco Central de Nicaragua permitieron un incremento hasta un 8.29 por ciento, no así con el Banco de la Producción (Banpro) que se redujo de 14.4 a 8.43 por ciento.
“Al Bancentro, particularmente, se le subió los intereses. Al Banpro se los bajaron, pero al Bancentro que está directamente relacionado con Eduardo (Montealegre) le subieron”, afirmó el contralor de tendencia liberal constitucionalista.
Agregó que “no se trata de medias verdades”, ya que la deuda después de la renegociación y la subasta, subió de 492 millones 351 mil a 604 millones 271 mil dólares, apuntó Hernández.
“Sólo Bancentro salió beneficiado con ese cambio en los intereses, entonces no puede haber un ahorro cuando se ha elevado la deuda interna, porque lo que nosotros vemos ahí es que hay 111 millones 920 mil dólares de incremento de la deuda interna real”, comentó Hernández.
LO ACORDADO ENTRE EL BCN CON BANPRO Y BANCENTRO
No obstante, en la negociación del BCN con el Bancentro y el Banpro en el 2003 reflejan que hubo una reducción del seis por ciento en la tasa de descuento de los Ceni, pactada inicialmente entre el 17 y 20 por ciento, y se estableció un plazo de 10 años para el pago.
“Ya no tenemos que pagar grandes sumas de dinero, este año teníamos que pagar 150 millones de dólares y el año que viene 250 millones de dólares. Eso nos dará un alivio financiero, nos va a permitir a nosotros en el flujo de depósitos disponer de más recursos; a lo largo de 10 años dará un alivio de 80 millones de dólares”, dijo el entonces presidente Enrique Bolaños en julio del 2003.
Asimismo acordaron pagarle al Banco de la Producción (Banpro) cerca de 257 millones de dólares en Certificados Negociables de Inversión (Ceni) durante los próximos 10 años, a un interés del 8.43 por ciento anual y no al 14.40 por ciento, como inicialmente estaba pactado.
Sin embargo, el contralor Hernández indicó que los afectados a través de la resolución de presunción penal, pueden recurrir de amparo si así lo desean, porque no tomaron en cuenta la emisión de los Ceni, ni la reclasificación de los préstamos, ni la situación de las juntas liquidadoras, porque sus miembros se ampararon.
POR QUÉ EXCLUYERON A RAMÍREZ Y A ALEMÁN
Los contralores excluyeron de la resolución al ex presidente del BCN, Noel Ramírez y al ex presidente Arnoldo Alemán porque sus acciones ya habían caducado al haber ocurrido hace más de cinco años.
El argumento que dio el contralor Hernández es que la Ley Orgánica de la CGR tiene vacíos jurídicos, porque a criterio de muchos de sus colegas, Ramírez debía ser investigado, pero para no entrar en contradicción con la Ley, sólo se limitaron con la renegociación y la subasta de los bienes de los bancos quebrados.
“Mira, esa es cuestión de la ley específicamente, inclusive habían algunos miembros del Consejo Superior de la Contraloría que decían que había que aplicarle a Noel (Ramírez), o sea que debían hacer caso omiso de la caducidad, pero lo que yo te puedo decir es que la misma ley de la Contraloría establece que cualquier funcionario, incluyendo a los de la Contraloría, que actúe contra ley expresa, se hace responsable de sanciones por la misma Contraloría”, se justificó Hernández.
Agregó que cuando una investigación está en curso, desde ese momento se paralizan los términos de la caducidad, pero que en el caso de Ramírez, los contralores decidieron aplicar los artículos 148 y 149 que los obliga a declarar de oficio esa caducidad.