- El fraude a las empresas de agua potable, electricidad y comunicaciones se pagará con tres años de prisión
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Las usuarios de los servicios de agua potable, electricidad y telefonía que cometan fraude en contra de las empresas que los prestan enfrentarán penas de hasta tres años de cárcel y sanciones económicas, de acuerdo a lo aprobado ayer por los diputados en el nuevo Código Penal.
Según el artículo 237 del Código Penal, quienes efectúen conexiones ilegales o alteraciones a los medidores, por sumas que oscilan entre los tres mil córdobas (165.15 dólares) y los cinco mil córdobas (275.25 dólares), irán a prisión por períodos que van de uno a tres años.
El polémico artículo, que fue calificado como “inquisitorial” por el diputado liberal Carlos Gadea, fue aprobado por 49 diputados mientras otros 25 permanecieron presentes sin votar (los que, según la Ley Orgánica, deben sumárse a la mayoría).Tres se opusieron y dos se abstuvieron.
De los 49 votos a favor, 26 fueron de la bancada sandinista, 16 del PLC y siete de ALN.
Algunos diputados rechazaron la medida, pero no convencieron a sus colegas.
“Quien por medio de una conexión ilegal o alterando los sistemas de control y medición, obtenga o utilice para sí o para un tercero los servicios de agua, electricidad o telecomunicaciones con perjuicio para la empresa suplidora o de otro usuario, por un monto mensual igual o superior a tres salarios mensuales del sector industrial, será sancionado con pena de prisión de uno a tres años y de cien a trescientos días de multa”, dice textualmente el artículo 237 del Código Penal.
El presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos del parlamento, el liberal José Pallais, sostuvo que la disposición legal envía “un mensaje claro a los grandes consumidores” que cometen fraude.
“Con esto la Comisión y el plenario aprobaron hoy un mensaje claro para los grandes consumidores, cuyos fraudes son de un volumen económico que afecta a los pequeños consumidores y a aquellos que pagan”, comentó Pallais.
Sin embargo, el también diputado liberal Francisco Sacasa Urcuyo, propuso infructuosamente que se eliminaran las sanciones penales a quienes cometan fraude a la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (Enacal), a Unión Fenosa (que distribuye electricidad), a la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones (Enitel) y a otras que prestan servicios de comunicaciones.
“¿Quién arresta a las empresas o a sus representantes cuando incumplen el servicio básico? ¿Qué tipo de penas y prisión se establecen cuando intencionalmente se provocan interrupciones o cuando las interrupciones provocan daños a la salud, economía o a la vida de las personas? ¿Quién defiende a los usuarios? No es posible establecer penas de prisión de ninguna naturaleza en tanto no exista una sanción de igual magnitud a las empresas prestadoras de servicios o a sus representantes”, cuestionó.
Representantes de Enacal y Unión Fenosa han dicho que sufren cuantiosas pérdidas por conexiones ilegales.
Por su parte, el coordinador de la bancada sandinista, Edwin Castro Rivera, señaló que las sanciones a las empresas que prestan servicios deficientes serán aprobadas en otros artículos del Código.
”Los sandinistas no van a caer presos”
Mientras, el diputado PLC, Carlos Gadea dijo que “no veo (por qué) poner cárcel, debiera de existir otro método, porque la cárcel es un método inquisitivo desde que estaba la gente en los calabozos”
Gadea insistió en que lo aprobado no era lo más conveniente para un país como Nicaragua.
“Van a afectar a los pequeños consumidores, es para perjudicar a la gente de los barrios, a la gente que tiene que ‘pegarse’ por la situación económica que estamos viviendo”, continuó Gadea.
Muchos nicaragüenses están conectados ilegalmente a los servicios de luz y agua, algunos aducen que las facturas que reciben alcanzan montos muy elevados que no pueden cancelar.
Sin embargo su colega de bancada, José Pallais aseguró que “se ha puesto un límite elevado (de tres mil a cinco mil córdobas) para no penalizar al pequeño consumidor, sino a la industria grande, al comercio, que tiene altos niveles de consumo y que a través del fraude se apropia de los servicios públicos”.
Por su parte Gadea insistió en que “un sandinista que esté robando luz nunca va a caer preso, porque los jueces son sandinistas”.
TAMBIÉN POR USURPACIÓN DE AGUAS
El artículo 242 del Código Penal establece cárcel de seis meses a dos años para quienes desvíen aguas.
“Se impondrá pena de prisión de seis meses a dos años, o trabajo en beneficio de la comunidad, de 45 a 200 días de dos horas diario, a quien desvíe a su favor las aguas que no le corresponden o las tome en mayor cantidad de aquella a la que tuviere derecho y que estorbe o impida el ejercicio de los derechos que un tercero, conforme la ley de la materia, tuviera sobre dichas aguas”, dice la ley.
OTROS DELITOS
El Código Penal también dejó de uno a tres años de cárcel para quienes efectúen usurpación de dominio privado y público.
Además, estarán tras las rejas quienes cometan “daño agravado”, que consiste en impedir el libre ejercicio de la autoridad, destruir archivos, registros, bibliotecas, museos u otras cosas de valor científico, artístico, cultural, histórico o religioso.
Los tres años de cárcel también los recibirá quien distribuya o ponga en circulación programas o intrucciones informáticas destructivas (virus).
PROPIEDAD INTELECTUAL
Los diputados también aprobaron penas para quienes cometan delitos contra la propiedad intelectual.
El ejercicio no autorizado de derechos de autor y conexos se paga con uno o dos años de prisión e inhabilitación de uno a tres años para ejercer el oficio relacionado con la conducta delictiva.
La reproducción ilícita con lleva de uno a tres años de prisión. Además, los delitos contra señales satelitales, son penados con prisión de dos a tres años.