José Venancio Berríos (la prensa/ G. Miranda)

Demandan al CSE voto en el exterior

“Magistrados no tienen voluntad política”, aseguran nicas en el exterior [doap_box title=»Voto en el exterior es legal» box_color=»#336699″ class=»archivo-aside»] El artículo 122 de la Ley Electoral señala que “la Constitución Política de Nicaragua establece el derecho al sufragio de todos los ciudadanos nicaragüenses. El ejercicio del derecho a votar de los ciudadanos nicaragüenses que se […]

  • “Magistrados no tienen voluntad política”, aseguran nicas en el exterior
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El artículo 122 de la Ley Electoral señala que “la Constitución Política de Nicaragua establece el derecho al sufragio de todos los ciudadanos nicaragüenses. El ejercicio del derecho a votar de los ciudadanos nicaragüenses que se encuentren transitoriamente fuera del país o residan en el extranjero se circunscribirá a la elección de presidente y vicepresidente, diputados nacionales, y del Parlamento Centroamericano”.

“Deberá realizarse con las mismas condiciones de pureza, igualdad, transparencia, seguridad, control, vigilancia y verificación de las que ejerce dentro del territorio nacional”.

Asimismo, el artículo 122 de la Ley Electoral, en el capítulo sobre la Emisión del Voto, expresa que para tal fin el CSE debe: 1) Habilitar locales como territorio nicaragüense en el extranjero bajo la ficción legal de la extraterritorialidad. 2) Desplazar personal y material electoral del Consejo Supremo Electoral. 3) Presencia de fiscales de los partidos o alianza participantes en las elecciones con las mismas facultades establecidas en esta ley para el sufragio dentro del país. 4) Elaboración de un registro que permita determinar e inscribir el número de ciudadanos nicaragüenses residente en el exterior con derecho al voto”.

La Ley Electoral también establece en el artículo 47 que “los nicaragüenses que se encuentren transitoriamente fuera del país y los que residan en el extranjero por motivos de trabajo, estudio, de salud, de negocio o de placer, podrán inscribirse para ser incluidos en el Padrón Electoral, en el consulado con jurisdicción en el lugar donde se encuentren o en los locales que éste indique, en los periodos que al afecto se habiliten”.

Sin embargo, el mismo artículo 47 expresa que “el voto lo tendrá que hacer en Nicaragua en la Junta Receptora de Votos correspondiente, salvo cualquier otra disposición que al efecto establezca el Consejo Supremo Electoral, quien dictará las normas que regulen esta disposición”.

José Venancio Berríos, presidente la Fundación “Pro Voto de la Nación Nicaragüense” aseguró que las autoridades del Consejo Supremo Electoral no tienen argumentos para no inscribir a todos los nicaragüenses que residen en el exterior.

“La Ley Electoral facilita aún más las inscripciones y verificaciones para los que residen afuera, ya que para identificarse o comprobar su edad sólo necesitan de su carné del INSS (Instituto Nicaragüense de Seguro Social), licencia o pasaporte o cédula. Si no tienen estos documentos, dos testigos idóneos”, comentó Berríos.

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Los nicaragüenses que residen en el extranjero podrían perder su derecho al voto para estas elecciones nacionales, si las autoridades del Consejo Supremo Electoral (CSE) ignoran la Constitución Política y la Ley Electoral, aseguró José Venancio Berríos, presidente de la Fundación “Pro Voto de la Nación Nicaragüense”.

Berríos dijo que el principal problema que enfrentan los compatriotas en el exterior es la falta de voluntad política de los magistrados electorales, porque temen que sus partidos políticos pierdan las elecciones.

“El voto de todos los nicaragüenses adentro y afuera es un mandato constitucional, está mas allá de ser una obligación para el CSE, porque la Constitución manda, ordena y obliga al CSE a cumplirlo”, dijo Berríos.

Llenaron formulario

Berríos denunció que algunos ciudadanos nicaragüenses que llenaron su formulario de solicitud de cedulación ante el CSE, no han recibido su documento de identidad nacional, aunque la solicitaron desde el 2001, “por el simple hecho de vivir en Miami”.

“Nuestra Ley Electoral señala que los ciudadanos residentes afuera podrán: Primero, identificarse y comprobar su edad con el carné del INSS, licencia o pasaporte o cédula, y los que no tengan estos documentos, lo podrán hacer con dos testigos idóneos. Segundo, podrán votar donde indique el CSE mediante una simple resolución administrativa que lógicamente tiene que ser en los consulados”, recalcó el director de la Fundación nicaragüense.

Berríos dijo que su organismo tiene identificado varios casos como es el de la nicaragüense Grace Jarquín, quien votó en las elecciones nacionales del 2001 con un documento supletorio, pero nunca recibió su cédula de identidad.

“La inscripción y voto de los nicaragüenses en el exterior es un mandato constitucional. Debe cumplirse y el CSE debe hacerlo, no sólo está obligado a cedular, sino que a pronunciarse a tiempo y velar para que este mandato de la inscripción y voto de los nicaragüenses se cumpla, adentro y afuera, aunque falten recursos”, comentó.

Están dispuestos a pagar

El presidente de “Pro Voto de la Nación Nicaragüense” expresó que los connacionales están dispuestos a pagar 15 dólares por la inscripción y por ejercer su derecho al voto y el resto de los recursos se pueden conseguir con la comunidad donante.

“Esos fondos no se van a entregar al CSE, sino que un organismo lo presupuestará, con transparencia, y luego los administrará, ya que a nivel internacional y doméstico el CSE no es confiable”, recalcó Berríos.

Los magistrados Roberto Rivas y Emmet Lang, presidente y vicepresidente del Consejo Supremo Electoral (CSE) han manifestado en reiteradas ocasiones la carencia de recursos económicos para impulsar el proceso de cedulación en el exterior, documento con el cual tendrían derecho a votar.

Rivas ha manifestado que el CSE requieren diez millones de dólares para modernizar el documento de identidad nacional, ya que el equipo que se emplea para su fabricación está obsoleto.

Asimismo, Rivas señaló que el CSE no está en la capacidad económica para habilitar los Centros de Votaciones en los consulados nicaragüenses, ya que la experiencia electoral de países como El Salvador y República Dominicana demostraron que el número de votantes es menor en comparación a los gastos que se recurren.

La diputada Delia Arellano, presidenta de la Comisión de Defensa y Gobernación dijo ayer que han reformado en dos ocasiones la Ley de Identificación Ciudadana para que los nicaragüenses que residen en el exterior puedan votar, pero que es difícil obligar al Consejo Supremo Electoral (CSE) ha permitir el voto en el extranjero.

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