Mauricio Mendieta Herdocia
De manera reiterada a través de los años Costa Rica ha venido pretendiendo y aspirando a la navegación armada por las aguas del río San Juan. Para comprender bien y tener absoluta claridad sobre los pretendidos derechos costarricenses es importante analizar dichas pretensiones a la luz de la historia.
Sin pretender ser un experto en temas de derecho internacional, pero sustentado en documentos históricos y como nicaragüense interesado en preservar y defender nuestra soberanía tantas veces mancillada, me atrevo a externar mi opinión.
El tratado Jerez-Cañas suscrito en 1858 señala en su artículo VI que “Costa Rica tendrá en dichas aguas los derechos perpetuos de libre navegación, tres millas inglesas antes de llegar al Castillo Viejo con objetos de comercio, ya sea con Nicaragua o al interior de Costa Rica, por los ríos San Carlos y Sarapiquí, o cualquier otra vía procedente de la parte que en la ribera del San Juan se establece corresponde a esta República”.
A partir de 1871, trece años después de haber firmado el tratado, se iniciaron discusiones entre Nicaragua y Costa Rica en relación a la validez del tratado y a las pretensiones de Costa Rica de navegar con buques armados. Por esas razones se recurrió al arbitrio del presidente Grover Cleveland, quien por medio de un laudo estableció en su artículo primero que el tratado es válido, y en su artículo segundo expresa que, “conforme a dicho tratado y a las estipulaciones contenidas en su articulo sexto, no tiene derecho la República de Costa Rica de navegar en el río San Juan con buques de guerra, pero puede navegar en dicho río con buques del servicio fiscal, relacionados y en conexión con el goce de los objetos de comercio que le está acordado en dicho artículo, o que sean necesarios para la protección de dicho goce”.
El ilustre costarricense y ex presidente don Ricardo Jiménez Oreamuno, tres veces Presidente de la República (1910-1914, 1924-1928 y de 1932 a 1936, Biblioteca Patria 17, Editorial Costa Rica, agosto de 1980, Págs. 48-57) se pronunció en relación al tratado de manera contundente de la siguiente manera:
“Las novedades de Nueva York critican el fallo porque no nos da derecho de navegar en el San Juan con naves de guerra. La crítica diría yo que es infundada. El énfasis con que el artículo 8 del tratado consigna que Nicaragua tendrá el dominio y sumo imperio sobre las aguas del río, manifiesta que se quiso establecer diferencia entre los derechos que Nicaragua y Costa Rica tuvieran en aquellas aguas”.
“Ahora, si naves mercantes y naves de guerra de ambas repúblicas navegan libre e indistintamente el río, en que se manifiesta, ¿qué efecto práctico tiene la solemne declaración de que el dominio y sumo imperio sobre las aguas corresponden a Nicaragua? Costa Rica por el artículo cuarto quedó obligada a defender el San Juan como aliada de Nicaragua, ¿y cuando se ha visto que un aliado, por serlo, pretenda tener derecho no habiendo guerra, para transitar con tropas por el territorio aliado para navegar con buques de guerra sus aguas interiores o estacionar armadas en sus puertos ?”
En el mes de julio de 1998, en declaraciones públicas el mismo Presidente de la República de ese entonces, Miguel Ángel Rodríguez, manifestó sus pretensiones para que tanto la guardia rural como la civil de Costa Rica navegasen armadas por las aguas del río.
En agosto del mismo año, viviendo aún el suscrito en San José, Costa Rica, fuimos invitados por el presidente Rodríguez a Casa Presidencial un grupo de nicaragüenses residentes en ese hermano país, con el propósito de conocer nuestra opinión ante la nueva crisis que se produjo entre los dos países por las pretensiones de navegación armada de su gobierno en el río San Juan, y para que mediáramos en la tensa situación que se había generado.
En esa reunión y con el debido respeto le solicité al presidente Rodríguez me permitiera leerle textualmente lo expresado por el ex presidente Jiménez Oreamuno, declaraciones que le dije eran tan claras y objetivas en relación a los limitados derechos de navegación de Costa Rica, que no necesitaban mayores explicaciones. No obtuve ninguna respuesta ni comentario de parte del presidente Rodríguez.
No es normal ni lógico, como decía don Ricardo, que un país en tiempos de paz penetre armado en el territorio del otro. Y como muy bien señala también don Ricardo, no tendría ningún sentido la declaración de que Nicaragua tiene dominio y sumo imperio sobre las aguas del río.
Vuelve nuevamente a agitar las aguas del río San Juan el actual presidente Abel Pacheco. Nicaragua no debe ir a ningún tipo de tribunal internacional como pretende Costa Rica. Comparecer ante un tribunal como La Haya o cualquier otro, significaría que Nicaragua reconoce que existe un conflicto de intereses y derechos entre Nicaragua y Costa Rica.
Los derechos de Costa Rica están claramente establecidos en el Tratado Jerez-Cañas y el Laudo Cleveland. En ninguna de sus partes el tratado establece derechos a Costa Rica para navegar armado. Por lo tanto, son cosa juzgada y no debemos los nicaragüenses nunca más volver a referirnos ni comentar nada sobre este tema, para no continuar heredando estas falsas pretensiones costarricenses a las futuras generaciones.
El autor es médico.