- Intentarán demostrar que empresas sabían de toxicidad antes de vender el producto
Carol MunguíaCORRESPONSAL / [email protected]
Abogados norteamericanos y nicaragüenses preparan una nueva demanda contra las diez transnacionales, a pocos días que la Juez Segundo de Distrito de lo Civil y Laboral Socorro Toruño, fallara a favor de 150 de los 201 trabajadores agrícolas, demandantes de los efectos residuales del Nemagón.
El bufete jurídico Provost Umphrey recopila pruebas para respaldar el proceso donde se demanda a las empresas internacionales responsables de la venta del Nemagón en Nicaragua, las necesarias para demostrar ante un judicial comunicaciones internas y de gobierno, exámenes de laboratorio, otros diagnósticos y otros documentos incriminantes que el producto rechazado en Estados Unidos, fue vendido intencionalmente en Nicaragua, causando severos daños entre quienes lo aplicaban.
“Esta vez después de la primera demanda, que nos llevó cerca de tres años, ya se tiene un domicilio legal de las empresas demandadas y el proceso avanzara más rápido”, indicaron los abogados locales Martha Cortez y Barnard Zavala.
Las empresas encontradas culpables de las afectaciones físicas y morales son Standard Fruit Company, Dole Food Company Inc., The Dow Chemical Company, Occidental Chemical Corporation y Shell Oil Company. Aunque apelaron al fallo ante el tribunal de apelaciones de Occidente, ya fue enviada a Estados Unidos la sentencia para proceder a su ejecución en corte federal del condado de Los Ángeles, California.
Como se sabe, el pasado ocho de agosto, la juez encontró méritos para dictar sentencia a favor de un grupo de 150 demandantes y ordenó a cinco de las diez transnacionales que elaboraban, distribuían y comercializaban con el producto, el pago de una indemnización por daños y perjuicios físicos y morales.
El total de la indemnización a pagar es de más de 97 millones dólares y la distribución de este monto será de acuerdo al grado de afectación, que podría ser de 200 mil hasta un millón 200 mil dólares.
HA LUGAR
Toruño resolvió dar lugar a la demanda interpuesta por Miguel Ángel Sánchez Osorio y 149 compañeros más, a quienes se les beneficiaría con indemnizaciones que varían según el caso entre los 200 mil a un millón doscientos mil dólares, por diferentes afectaciones, tales como esterilidad, infertilidad, Insuficiencia Renal Crónica, sumados a los daños morales.
“Esta certificación de la sentencia da por sentado que se inicia a través de la vía diplomática un trámite para que estos casos sean evaluados en Estados Unidos, con ánimo de ejecutar dicha sentencia”, dijo la abogada Cortez a La Prensa.
PRIMER CASO
Cortez agregó que este episodio constituye el primer caso donde durante un juicio de afectados del Nemagón hubo participación de las transnacionales, en este caso se defendieron siete de las diez empresas enjuiciadas entre ellas Standard Fruit Company y Shell Oil Company, entre otras.
En toda la etapa probatoria, se dejó plenamente demostrado que el Nemagón o Fumazone produce esterilidad, infertilidad y otras afectaciones como cáncer, con documentación de los mismos laboratorios de las empresas condenadas en estudios que hacían en animales desde el año de 1958.
DOCUMENTOS
De un legajo de 27 documentos, el folio 25 deja claramente demostrado el dolo y la manera inhumana en que actuaron estas empresas “al establecer que si el resultado de los gastos ocasionados por demandas como éstas e indemnizaciones a trabajadores afectadazos es inferior al monto de las ganancias ocasionadas por las ventas del químico, debía continuarse con las ventas del DBCP”.
El DBCP afectaba a toda persona expuesta no existiendo ningún tipo de ropa protectora, asegurando que la afectación que producía era un problema que no se había enfrentado en el pasado y su equipo protector no protegía totalmente como en otros pesticidas.
El expediente nutrido de declaraciones de médicos especialistas en fertilidad diagnosticaron que la primera secuela del producto es esterilidad e infertilidad.
La empresa Dole Food Company Inc., no se preocupó en demostrar en juicio la supuesta inocencia de su representada sabiendo ellos desde 1958 que era tóxico para el ser humano y que fue prohibido su uso y aplicación en Estados Unidos.