Carlos de la Jara
“El silencio es el ambiente propicio para reflexionar, estudiar, aprender, convivir. Los sonidos moderados y agradables al oído, contribuyen al desarrollo armónico del individuo”.
Todos los residentes, somos miles de personas, los centros médicos, las escuelas, los negocios, centros de salud que estamos ubicados en la Carretera Sur, sufrimos constantemente la violación a nuestros derechos constitucionales: “Toda persona tiene derecho a que se respete su Integridad Física, Psíquica y Moral”; a las Leyes nicaragüenses promulgadas, tal como: Ley 431 del 21 de enero del 2003: Ley para el Régimen de Circulación e infracción de Tránsito, en el capítulo IV contempla: multas y retiro de tarjeta de circulación a todo vehículo por provocar ruidos escandalosos y perturbadores del medio ambiente, (entre otros: ruidos causados por la retención de motores, libre escape de furgones y camiones), a lo establecido por la Organización Mundial de Salud (OMS) y Organización Panamericana de la Salud (OPS) en relación a los niveles de ruido.
Por todo lo anterior estamos en total acuerdo con la aprobación en lo particular de la Ley Especial de delitos Contra el Medio Ambiente y en forma contundente con el Artículo 9. “Contaminación por ruido”.
Queremos dejar bien clara nuestra posición y criterio: la Ley está contra el ruido excesivo en decibeles que perturban por su nivel el descanso diurno y nocturno, al que tenemos derecho constitucional todos los ciudadanos nicaragüenses, venga de donde venga el ruido.