Los lanzamorteros son parte de las armas recuperadas por la Policía.

Desarman a pandilleros

Elízabeth [email protected] Los operativos policiales efectuados en los últimos tres meses permitió a la Policía sacar de circulación una gran cantidad de lanzamorteros, o armas hechizas en poder de pandilleros de varios barrios de Managua. El jefe en funciones del Distrito Seis de la Policía, comisionado Yamil Gutiérrez, aseguró que de 117 armas recuperadas en […]

Elízabeth [email protected]

Los operativos policiales efectuados en los últimos tres meses permitió a la Policía sacar de circulación una gran cantidad de lanzamorteros, o armas hechizas en poder de pandilleros de varios barrios de Managua.

El jefe en funciones del Distrito Seis de la Policía, comisionado Yamil Gutiérrez, aseguró que de 117 armas recuperadas en operativos impulsados durante los últimos tres meses en 16 barrios de Managua, destacan las armas artesanales en poder de los llamados grupos juveniles.

Entre las armas ocupadas también sobresale un lanzagranadas, un taco de explosivo C-4, en poder de un miembro de la ex Resistencia Nicaragüense, así como subametralladoras utilizadas durante el pasado conflicto bélico en el país.

Como parte de las ocupaciones la Policía encontró armas de uso civil con documentos vencidos, a cuyos dueños les facilitaron la actualización de la licencia de portación.

El jefe policial insistió en el llamado que ha realizado en los últimos días la institución a los poseedores de armas: entregar las armas ilegales o restringidas que están en su poder antes del 25 de agosto. Ese día vence el plazo del período de gracia de seis meses, establecido por la Ley 510 de Armas, para la entrega voluntaria. Después de esa fecha serán penadas con la ley las personas que trasladen o vendan armas prohibidas. Las penas pueden conllevar hasta 10 años de cárcel por poseer algún artefacto bélico.

Por ejemplo, dijo, una persona que sea encontrada con un taco de explosivo C-4, como el que fue ocupado, corre el riesgo de ser encarcelado, pues este tipo de explosivos puede ser utilizado en algún acto terrorista o acto de sabotaje y no existe ninguna posibilidad de legalizarlo.

Uno de los requisitos considerado como “el más fuerte” de la Ley 510, es que ninguna persona con antecedente judicial puede portar un arma.

“Eso significa que si a usted lo acusan por ejemplo de homicidio y a pesar de que usted sea declarado inocente en un jurado, usted ya tiene un antecedente judicial, por tanto eso lo inhabilita legalmente a portar un arma”, expresó Gutiérrez.

La misma ley establece que portar un arma “no es un derecho sino un privilegio”, dijo.

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