José Antonio Tijerino.

Condenan a Nicaragua por reclamo indígena

CIDH considera que se debe reformar la Ley Electoral vigente Estiman que se violaron derechos de candidatos de Yatama en los comicios del año 2000 Octavio Enríquez y Josué [email protected] La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Nicaragua por haber violado los derechos de los candidatos municipales de la agrupación indígena Yabti Tasba Masraka […]

  • CIDH considera que se debe reformar la Ley Electoral vigente
  • Estiman que se violaron derechos de candidatos de Yatama en los comicios del año 2000

Octavio Enríquez y Josué [email protected]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó a Nicaragua por haber violado los derechos de los candidatos municipales de la agrupación indígena Yabti Tasba Masraka Nanih Asla Takanka (Yatama) durante los comicios del 2000, informó ayer el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil)).

La información se conoce en la víspera de una marcha en Granada contra el pacto libero-sandinista que controla el Consejo Supremo Electoral y ha sido una de los principales responsables de la exclusión de Yatama y de otros partidos que perdieron su personería jurídica en esos comicios, según Rosa Marina Zelaya, del Movimiento por Nicaragua.

La sentencia fue emitida el 23 de junio pasado, de acuerdo con el Centro para la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), que demandó al Estado en conjunto con el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh). La Corte ya había adelantado su posición en un reciente comunicado.

Norwin Solano, abogado del Cenidh, anunció ayer que el miércoles brindarán una conferencia de prensa para informar los alcances de la sentencia que, mientras tanto, analizan en sus oficinas en Managua.

En su fallo los jueces consideraron que el Estado nicaragüense efectivamente violó las garantías judiciales, la protección judicial, los derechos políticos y el derecho de igualdad ante la ley garantizados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

También se dice que haber obligado a Yatama a convertirse en un partido político fue una violación a sus derechos políticos y a la no discriminación, dos anomalías por las que la Corte exigió al Estado reformar su Ley Electoral para que los miembros de las comunidades indígenas y étnicas puedan participar en los procesos electorales, respetando sus tradiciones.

El doctor José Antonio Tijerino, abogado del Estado, aseguró que también analizaba este fin de semana la sentencia, pero adelantó que le parece injusto que la Corte diga que debe cambiarse la Ley Electoral, “cuando existe una trabazón. Vos no la podés modificar de una vez porque es una ley de rango constitucional y se requieren dos períodos legislativos para hacerlo. Si los partidos no se ponen de acuerdo la ley no se puede aprobar”, razonó.

El caso de Yatama se remonta a las votaciones municipales del 2000, cuando el CSE impidió la participación de ésta, a pesar de que el grupo cumplió con todos los requisitos. Yatama es una organización indígena que tiene una historia de lucha en la Costa Caribe nicaragüense y que conserva las estructuras y costumbres tradicionales de acuerdo con Cejil.

“Hay que recordar que en el 2000, el CSE le quitó la personería como a 15 partidos y luego la CSJ en una sentencia extemporánea se las volvió a dar”, recordó Zelaya, que igual sostuvo que los magistrados se han convertido en juez y parte durante los procesos electorales, al representar los intereses de sus partidos.

LA PRENSA intentó comunicarse con algunos magistrados del CSE, como el ex presidente de éste, Roberto Rivas, pero no se le pudo localizar.

REFORMA NECESARIA

La Corte exigió a Nicaragua que se reforme la Ley Electoral para que los miembros de las comunidades indígenas y étnicas puedan participar en procesos electorales, respetando sus tradiciones, usos y costumbres. Asimismo, se ordenó establecer un recurso judicial sencillo, rápido y efectivo que permita controlar las decisiones del CSE que afectan los derechos humanos.

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