Adolfo Olivas OlivasCORRESPONSAL/ [email protected]
Mediante el respaldo de la Policía Nacional y el Ministerio de Salud, la Alcaldía de Estelí, aplicará severas sanciones contra aquellas personas que ensucien la ciudad y tengan chiqueros de cerdos y corrales de otro tipo de animales en el casco urbano.
Como consecuencia del alto índice de desechos sólidos y líquidos que ensucian la localidad, la comuna esteliana retomó una Ordenanza Municipal aprobada el 23 de mayo del 2000, para ser aplicada a los ciudadanos que infrinjan las medidas sanitarias.
“Queda terminantemente prohibido arrojar basuras en las calles, solares, áreas verdes, lugares públicos, ríos, derechos de vías, carreteras y otros lugares”, expresa la ordenanza, dada a conocer por la doctora Mirna Guevara, asesora legal de la Alcaldía.
La resolución indica que los desechos sólo podrán ser botados en el basurero, ubicado a siete kilómetros al norte de la ciudad de Estelí, de lo contrario sufrirán las respectivas sanciones.
“Los dueños o encargados de sitios baldíos deberán de mantenerlos cerrados y responderán de su estado de conservación y limpieza”, señala la ordenanza.
El ordeno municipal manifiesta que “toda persona jurídica o natural deberá de eliminar adecuada y sanitariamente las aguas residuales y pluviales a fin de evitar la contaminación del suelo, las fuentes naturales de agua para el consumo humano y la formación de criaderos de zancudos”.
También indica que las multas ascienden de 200 a 1,000 córdobas, al tiempo que advierte que quienes incumplan con las sanciones pecuniarias, serán arrestados por la Policía Nacional.
“En caso de incumplimiento de la sanción pecuaria impuesta, el infractor será objeto de arresto de hasta 30 días conmutables a razón de 50 córdobas por día y limpiar el área donde depositó la basura y trasladarla al basurero municipal o siete días de trabajos comunitarios”, expresa la ordenanza.
MINSA RESPALDA
El doctor José Ángel Pino, director municipal del Ministerio de Salud, ratificó que la Ordenanza Municipal, goza del respaldo legal de la Ley General de Salud, así como de la Ley de Municipios.
Pino citó el artículo 71 de la mencionada ley, que expresa: “Se prohíbe dentro del área urbana la instalación de establos o granjas para crear, albergar ganado vacuno, equino, bovino, caprino, porcino, aves de corral, así como otras especies que alteren o pongan en riesgo la salud y vida humana”.
El Minsa otorgó un plazo de 30 días para que los ciudadanos eliminen los chiqueros o corrales que tengan en el casco urbano, mientras que para la limpieza y cierre de predios baldíos, sus propietarios sólo tendrán dos semanas.
El doctor Pino, manifestó que el Ministerio de Salud supervisará exhaustivamente para que los ciudadanos cumplan con las orientaciones, ya que muchas personas son indolentes y tiran la basura en cualquier lugar.