Turbas sandinistas se manifestan contra LAPRENSA el 6 de agosto de1986.

FSLN: con vocación de represión

Una intrincada red de leyes, reglamentos, oficinas, censores, reguladores y jueces, definieron la relación entre el Gobierno sandinista y los medios de comunicación, al extremo que los mismos fueron “adscritos” al Ministerio del Interior, que no dudó en ejercer la represión militar ni la más implacable censura en nombre de la “Revolución”. Un “deja vu” […]

  • Una intrincada red de leyes, reglamentos, oficinas, censores, reguladores y jueces, definieron la relación entre el Gobierno sandinista y los medios de comunicación, al extremo que los mismos fueron “adscritos” al Ministerio del Interior, que no dudó en ejercer la represión militar ni la más implacable censura en nombre de la “Revolución”. Un “deja vu” del poder que alguna vez tuvieron, parece estar viviendo el sandinismo en su intento por implantar el “código Arce” contra los medios que adversan al FSLN.

Xiomara Chamorro

Esa tarde, un oficial de la Guardia Nacional llegó a LA PRENSA a pedirle al fundador del diario, Pedro Joaquín Chamorro Zelaya, “que lo acompañara”. Anastasio Somoza García estaba disgustado con un artículo publicado en el Diario.

“Don Pedrito, con toda sencillez, se echó el saco blanco de dril que tenía sobre el espaldar de una silla y se despidió, diciendo: Bueno, pues ai vuelvo cuando pueda, y marchó a la prisión de la Casa de Piedra del Campo de Marte a la que estaba destinado”.

El relato de Horacio Ruiz, un antiguo periodista de LA PRENSA, recogido en el libro Frente a dos dictaduras, escrito por el actual director del Diario, Jaime Chamorro Cardenal, pone en evidencia el arbitrario motivo: “Eso sucedía a comienzos de los años 40; la censura obedecía, al igual que siempre, a caprichos ridículos como éste: Salvadora Debayle, esposa de Somoza, se le quejó de que su nombre había sido omitido en la crónica de una lista de damas asistentes a una fiesta. ¡Anastasio Somoza cerró LA PRENSA por tres días!”

Frente a dos dictaduras, de Chamorro Cardenal, publicado en 1986 bajo la censura del gobierno del Frente Sandinista, impreso en Costa Rica y escasamente conocido en Nicaragua, expone con detalle, no solamente los atropellos vividos por LA PRENSA durante el régimen de los Somoza, que culminó con el asesinato del Director Mártir, Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, sino que además exhibe prolijamente la sistematización de la represión a la libertad de expresión ejercida implacablemente por el gobierno sandinista, no solamente contra este Diario, sino también contra otros medios independientes.

Según los datos ofrecidos en ese libro, el Estado sandinista promulgó entre el 19 de julio y finales de marzo de 1986, fecha en que se comenzó a recopilar el libro, 1,732 decretos-ley, “a un promedio de cinco decretos-ley por semana. O sea: a un decreto-ley por cada día laborable ¡durante casi siete años de gobierno!

La producción de leyes sandinistas controlaba todo, no solamente los medios de comunicación, sino la vida económica, social, hasta las películas, todo lo que tuviera vida propia.

“El ejemplo clásico de todo esto se dio en un artículo censurado a LA PRENSA, en el cual un ciudadano, al comentar las leyes que reglamentan el consumo comercial y de bienes de consumo, sacó en conclusión que toda esta parafernalia burocrática y con tantas regulaciones necesitaría más inspectores que consumidores, resultando a la larga que, como los inspectores son también consumidores, ¡todos los ciudadanos tendrían que ser inspectores y harían falta consumidores que no fueran inspectores!”, dice Chamorro en su libro.

EL “DEJA VU”

Del “Código Negro” al “Código Rojinegro”, un calvario de la libertad de expresión que es la base del libro de Chamorro, debía tener su punto final ahí, pero ahora parece reeditarse con lo que ya se conoce como el “código Arce”, una iniciativa sandinista blandida por el diputado Bayardo Arce y que actualmente se encuentra en la Asamblea Nacional para su eventual discusión.

Este nuevo intento sandinista por controlar a los medios de comunicación críticos al FSLN, en particular a LA PRENSA, pone en evidencia una vocación de represión que se manifestó al día siguiente que asumieron el poder en el 79, en plena euforia del triunfo, con todo el apoyo popular e internacional, sin guerras ni presiones.

“Los medios de comunicación colectiva podrán ser puestos, en función del Estado de Emergencia, al servicio de los fines que persigue el Estado y en la forma en que el Gobierno lo determine”, decía el artículo 8 de la Ley de Emergencia Nacional decretada el 22 de julio del 79.

Con ese artículo se inauguraba un tormentoso período, no sólo para la libertad de prensa, sino para la libertad de expresión en general.

El artículo fue derogado un mes después, sin embargo, el lugar fue inmediatamente ocupado por una Ley General sobre Medios de Comunicación Social emitida el 16 de agosto de 1979, con su respectivo reglamento, todo bajo la “tutela” del Ministerio de Cultura.

“Las críticas o comentarios críticos a las funciones públicas, así como toda la labor noticiosa, deberán cimentarse en la prosecución de fines constructivos, basados en hechos debidamente comprobados y objetivamente confrontados con los responsables de las funciones y los protagonistas de los hechos informados”, señalaba el inciso “a” del artículo dos de la ley.

La ley establecía claramente en el inciso “b”, que las críticas a los funcionarios debían expresar “una legítima preocupación por la defensa de las conquistas de la Revolución, el proceso de reconstrucción y los problemas del pueblo nicaragüense, y no deberán ser instrumentos de intereses anti-populares”.

“La responsabilidad penal para los delitos cometidos en el ejercicio de la libertad de información, será exigible sólo ante un tribunal ordinario y con todas las garantías procesales de que pueda gozar cualquier presunto delincuente”, señalaba la misma ley en su artículo ocho.

UN CRUDO REGLAMENTO

Pero si la ley sorprende por su crudeza, el reglamento no se queda atrás. El artículo 14 del reglamento de la ley, exigía que para ejercer el periodismo en cualquier medio de comunicación colectiva, se debía estar afiliado a la UPN, y en el caso de los radio-periodistas, al Sindicato de Periodistas de Managua.

El reglamento, contradictorio y demagógico, aseguraba en su artículo 31 que el derecho a la información y de expresión, mediante cualquier medio escrito, radial o televisivo, no sería objeto de censura previa y por el contrario gozaría de total libertad.

No obstante, el artículo 37 advertía que los medios en general deberían orientar sus actividades en función del fortalecimiento de la Revolución, mientras otros artículos del mismo reglamento se encargaban de delimitar en qué consistía el concepto.

El refuerzo a esta Ley de Medios llegó con la “Ley para regular las informaciones sobre seguridad interna y defensa nacional”, promulgada en septiembre de 1980, que establecía que ningún medio podría publicar informaciones que atentaran contra la seguridad del Estado o la Defensa Nacional.

“Esta restricción incluye la comunicación de informaciones o noticias tales como enfrentamientos armados, atentados contra funcionarios del Gobierno, y otros semejantes, sin constatar de previo en forma fehaciente la veracidad de tales informaciones o noticias en la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional o en los Ministerios de Interior o Defensa”, señalaba la ley.

La situación económica del país y la información sobre la misma, también fue sujeta a la “Ley para regular informaciones de contenido económico”, promulgada en septiembre de 1980.

“Los medios de comunicación de la república, cualquiera sea su naturaleza, no podrán divulgar noticias o informaciones, referentes a asuntos relacionados con la escasez de productos de consumo popular o que den lugar a especulación con los precios de esos productos; o que en cualquier forma atenten o comprometan la estabilidad económica de la nación”, establecía la ley.

LOS MEDIOS PASAN AL MINT

Esta situación se mantuvo durante todo 1980, hasta que en enero de 1981 el Gobierno decidió “ceder y traspasar” los medios de comunicación al Ministerio del Interior, quien asumiría todas las responsabilidades que hasta entonces había asumido el Ministerio de Cultura en relación con la fiscalización de los medios.

La “adscripción” de los medios de comunicación a los servicios secretos del Estado vino acompañada de una reforma a la Ley de Medios en la que se recrudecían las sanciones, tanto en la ley como en el reglamento, e incorporaban los principales aspectos de la Ley para regular informaciones sobre la seguridad interna del país y la situación económica nacional.

De acuerdo a un informe de la Barra de Abogados, recogido en el libro de Chamorro, entre 1982 y 1984, la ciudadanía nicaragüense vivió con todos los derechos y garantías suspendidos mediante una Ley de Emergencia Nacional que derogó el artículo 21 del Estatuto sobre Derechos y Garantías de los Nicaragüenses que institucionalizaba constitucionalmente la libertad de prensa.

En esas condiciones se llegó a 1984, año en que se celebrarían elecciones, por lo que algunos derechos fueron restablecidos, pero en octubre de 1985, después que el entonces presidente Daniel Ortega ganara las elecciones, se restableció, por televisión, nuevamente el Estado de Suspensión de Derechos y Garantías. La ley fue publicada hasta en enero de 1987.

El control sandinista sobre los medios de comunicación se mantuvo hasta el último momento de su Gobierno, cuando en abril de 1989 se promulgó la Ley General sobre los Medios y la Comunicación Social.

El diario LA PRENSA fue el blanco favorito del Gobierno: solamente en 1981, LA PRENSA fue objeto de catorce sanciones, desde las amonestaciones hasta cierres de 72 horas.

La censura previa a LA PRENSA, desde1982, fue de tal magnitud que provocaba atrasos serios a la hora de cierre. En 1983 el atraso fue de tres horas, en 1984 hasta tres horas y media, y en 1985 llegó incluso a tomarse seis horas y 50 minutos. El periódico dejó de editarse 40 veces entre 82 y 86, solamente por falta de material debido a la extensa censura.

El hostigamiento también se hizo extensivo a los agentes y voceadores del Diario. Chamorro plantea en su libro, que de 157 agencias departamentales, 31 dejaron de vender LA PRENSA.

Los agentes sufrieron cárcel o cerraban por temor a la represión; interrumpían el transporte de los repartidores o los asaltaban, o como a don Guillermo Ardón, agente de Telpaneca, a quien llegaron a confiscarle sus bienes.

“Los sandinistas pueden destruir radioemisoras, pueden cerrar periódicos, pueden golpear, encarcelar, exiliar, o matar a cualquiera que quieran, pero no, nunca podrán silenciar al pueblo de Nicaragua. No pueden censurar nuestros pensamientos, no pueden encarcelar nuestra hambre por la libertad ni pueden exiliar nuestro sentido de justicia. Al fin y al cabo el tiempo está contra ellos y ni siquiera los sandinistas pueden censurar, encarcelar, exiliar o matar el tiempo”, dice Chamorro Cardenal en las conclusiones de su libro Frente a dos dictaduras.

LOS OTROS

Esa noche, unos 200 militares bajo el mando de jefes de la Seguridad del Estado rodearon la zona del edificio en el que desde seis meses atrás funcionaba el diario El Pueblo, una publicación considerada «ultra-izquierdista» por el Gobierno sandinista, argumento básico para la intervención, destrucción, confiscación de los bienes del periódico y el encarcelamiento de la mayoría de los periodistas y editores.

La orientación ideológica de El Pueblo hizo que en enero de 1980 la mayoría de los intelectuales nicaragüenses justificaran la acción bajo el lema enarbolado por el dirigente sandinista Bayardo Arce: «La Revolución es fuente de Derecho».

La acción contra El Pueblo hizo sonar la alarma en el «cuartel general» de LA PRENSA.

«Ciertamente, en la creación de una nueva república, la Revolución es fuente de Derecho, pero por eso mismo, la Revolución no puede ser fuente de abusos», respondió Pablo Antonio Cuadra, alarmado por la acción contra El Pueblo, no por estar a favor de los postulados que defendía el medio agredido, sino por un asunto de principio y porque ese ataque era el preludio de un estado de cosas para los medios en general.

«Si la libertad de prensa no es para todo el mundo, tarde o temprano no lo será para nadie. Este sabio pensamiento de George Reedy impresionó en mi mente desde el día en que lo escuché; hoy no puede ser mejor ocasión para citarlo», escribió Pedro Joaquín Chamorro Barrios, repudiando el ataque militar a El Pueblo.

«Frente a dos dictaduras» hace un recuento de las agresiones a los otros medios independientes: la confiscación a la Sociedad Sacasa Raskowsky que tenía cuatro canales, de los cuales tres eran repetidoras.

«Las estaciones de Sacasa Raskowsky no eran somocistas, aunque se pretendió presentarlas como tales. El director y principal comentarista del noticiero del Canal principal era Manuel Espinoza Enríquez, quien diariamente fustigaba fuertemente al régimen de Somoza», comenta Chamorro en su libro.

Espinoza, por el contrario, fue nombrado vocero de la Junta de Gobierno en el exilio y luego Secretario de Prensa del Gobierno sandinista.

Señala que el Gobierno sandinista además de confiscar y destruir radio-emisoras, perseguir y encarcelar a muchos radio-periodistas, también se le considera responsable de agresiones físicas y golpizas, como la sufrida en febrero de 1981 por Fabio Gadea Mantilla y su esposa, atacados por una turba de simpatizantes sandinistas, o el caso del radio-periodista Manuel Jirón, golpeado salvajamente por tres pistoleros que intentaron secuestrarlo, después que el Gobierno había confiscado y destruido sus radio-emisoras.

UN CONSEJO

Jaime Chamorro Cardenal, en su libro «Frente a dos dictaduras», cuenta una anécdota con la directora de Medios, del Ministerio del Interior, teniente Nelba Cecilia Blandón, encargada de la censura a los medios.

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