Las propiedades que se extienden desde la Cuesta del Plomo, sobre la carretera nueva a León, hasta la entrada de Ciudad Sandino, que incluyen empresas privadas e inmuebles del Estado como Entresa, y de la Iglesia Católica, fueron vendidas a Urbanizadora Americana, S.A., por Julio César Barahona.

Enjuiciaron a difunto para dar el zarpazo

Jorge Loáisiga Mayorga Ver infográficoFalsificaron documentos del Ineter e inventaron un número de mapa catastral, que no está registrado en el Sistema de Derivación de Mapas Catastrales. Juez que llevó el juicio contra el difunto, nombró a una guardadora que nunca fue notificada y no se personó, pero en la sentencia la guardadora aparece “hablando” […]

Jorge Loáisiga Mayorga

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Falsificaron documentos del Ineter e inventaron un número de mapa catastral, que no está registrado en el Sistema de Derivación de Mapas Catastrales. Juez que llevó el juicio contra el difunto, nombró a una guardadora que nunca fue notificada y no se personó, pero en la sentencia la guardadora aparece “hablando” en nombre del muerto.

Ofilio Mendoza Osorno fue un potentado terrateniente que, en sus mejores tiempos, urbanizó el barrio Monseñor Lezcano. Nació en Managua el 27 de noviembre de 1904 y murió el 26 de febrero de 1995.

Al momento de su muerte, Mendoza no tenía ni un centímetro de tierra a su nombre. Todas las que poseyó las vendió y otras las donó a la Iglesia Católica. Sin embargo, en enero de 1999 César Barahona Ruiz, a través de su apoderada generalísima Yelba Isabel Barahona Venerio, promovió diligencias prejudiciales contra el difunto Ofilio Mendoza, por una supuesta deuda de 600 mil córdobas.

Las diligencias prejudiciales se tramitaron en el Juzgado Tercero Local Civil. El muerto fue citado a través de edictos judiciales publicados en el extinto diario La Tribuna.

Se le llamó a absolver posición de un pliego de preguntas presentadas por la parte demandante. Al no presentarse a las citas judiciales, el 15 de febrero de 1999, el Juez Tercero Local Civil lo declaró “fictamente confeso”, es decir que dijo sí a las preguntas formuladas por la parte demandante, incluida la pregunta sobre la deuda de los 600 mil córdobas.

Posteriormente, cuando el muerto había sido declarado “fictamente confeso”, el 4 de marzo de 1999, Barahona promueve en el Juzgado Tercero Civil de Distrito, a cargo de la doctora Vida Benavente, un juicio ejecutivo corriente contra el difunto, requiriéndolo del pago de los 600 mil córdobas.

En ese juicio ejecutivo contra Ofilio Mendoza Osorno, se citó a dos testigos: Silvio Peña Rivas, uno de los asesinos de Pedro Joaquín Chamorro Cardenal, y a Amelia Montenegro. A ambos se les preguntó: ¿Diga el testigo si es cierto como en verdad lo es, que a usted le consta que dicho señor no está en el país y que desconoce dónde está?

La respuesta de ambos testigos fue la misma: “Sí, yo desconozco dónde se encuentra el señor Mendoza Osorno”.

El 15 de septiembre de 1999, la Juez Tercero Civil de Distrito, Vida Benavente Prieto, gira oficio a la abogada Carmen Alfaro Morales “en su calidad de Guardador Ad Litem del señor Ofilio Mendoza Osorno, para que dentro del término de tres días después de requerida, otorgue escritura de venta definitiva de la finca inscrita bajo el número 22,145; tomo 284, folios 161/162, asiento 1º …”.

Sin embargo, Alfaro Morales declaró a LA PRENSA que ella nunca ha sido notificada de ese auto. “No recuerdo haber sido notificada sobre ese caso. He sido nombrada guardadora en otros casos, pero no en ese caso, ni en ese Juzgado. Realmente no, no fui nombrada, si se dio el auto no fui notificada”, expresó Alfaro Morales, quien se mostró sorprendida.

Luego la juez Benavente Prieto, el 22 de octubre de 1999, emite una sentencia de venta forzada de la supuesta propiedad de Ofilio Mendoza Osorno a favor de Julio César Barahona Ruiz, en la que expresa, primero que el área de dicha propiedad es 354 manzanas, pero en la misma sentencia hace una rectificación y dice que son 564 manzanas de tierras, según constancia de avalúo catastral emitida por el Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales (Ineter), cuando lo que debió tener a la vista era una Certificación Catastral. Además la judicial no delimitó en su sentencia los linderos de la propiedad que estaba “vendiendo” forzadamente.

Intentamos hablar con la juez Benavente y la vocera de los juzgados, Janellys Carrillo, dijo el viernes que no estaba localizable.

El 15 de noviembre la misma judicial emitió la escritura de venta forzada y libra el testimonio sin tener a la vista el Certificado Catastral y además no lo inserta en el mismo como manda el artículo tres de la Ley de Catastro, que literalmente dice: El notario o juez autorizante no podrá librar testimonio de la escritura sin tener a la vista el Certificado Catastral, el cual deberá insertarlo en el testimonio de la misma.

Según datos de la Dirección de Catastro Físico del Ineter, al momento del fallecimiento de Ofilio Mendoza, la finca 22,145 tenía un remanente de 66.32 hectáreas, pero en realidad él ya había vendido toda la propiedad.

El 19 de febrero de 2004, la juez Vida Banavente Prieto rectifica la anterior escritura (No. 32) de venta forzada por otra con la misma razón (No. 2) , pero en ella hace referencia a dos constancias catastrales, supuestamente falsas, en el que se indica un número de mapa catastral (2952-3-303-000) que no existe en la Dirección de Catastro Físico del Ineter y de esa manera incluye en la sentencia 11 parcelas más para la mencionada propiedad.

Tanto las constancias catastrales falsas que sirvieron de base para hacer la rectificación de la escritura de venta forzada, como el número catastral inexistente, fueron elaboradas en la Dirección de Catastro Físico del Ineter, según confirmó a LA PRENSA el actual director, Luis Gómez.

Éste agregó que fue precisamente en esa institución donde inexplicablemente, de las 354 manzanas adjudicadas en la venta forzada, el señor Jorge Ibarra, director de actualización de la Dirección de Catastro Físico del Ineter, adjudicó 851.8 manzanas a Julio Barahona, quien posteriormente vendió las tierras a la sociedad Urbanizadora Americana, S.A. (Urbana S.A.).

IRREGULARIDADES

La sentencia de venta forzada se hizo sin Certificado Catastral. Se utilizó una Constancia Catastral falsificada, que no fue relatada en la sentencia. Además, la judicial, pese a estar obligada legalmente, no describió los linderos de la propiedad adjudicada, la cual tiene linderos desde 1952.

El mapa catastral número 2952-3-303-000, aludido en la escritura de venta forzada y en una carta que envía Yelba Barahona Venerio, solicitando por escrito la fusión de 17 parcelas catastrales, que supuestamente corresponden a la finca 22,145 adjudicada a Julio César Barahona, mediante la venta forzada, es inexistente. No está registrado en el “Sistema de Derivación de Mapas Catastrales” del Ineter.

No se investigaron, a propósito, las desmembraciones o ventas que el difunto Ofilio Mendoza Osorno había realizado en vida, ya que su finca había sido vendida en su totalidad.

De 354 manzanas adjudicadas en la venta forzada, el señor Jorge Ibarra, director de Actualización de la Dirección de Catastro del Ineter, asigna a Julio César Barahona, de manera irregular, los datos registrales consignados en la escritura de venta forzada, sobre 15 parcelas catastrales que ya poseían sus correspondientes datos registrales y propietarios legítimos.

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