Carlos Manuel Leytón [email protected]
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Una leguleyada más de magistrados
Carlos Manuel Leytón Pereira
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Cuando el reo Arnoldo Alemán fue condenado por habérsele encontrado culpable de los delitos por los cuales fue juzgado, la juez de la causa de forma arbitraria e ilegal dispuso que la hacienda El Chile fuere la cárcel particular del referido reo, sentando un precedente peligroso con su resolución y violentando la ley en detrimento de miles de penados que purgan sus penas en las diferentes cárceles del país.
En la actualidad el proceso se encuentra en la Sala Penal Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua, que dispuso de forma unánime el traslado del referido reo a la cárcel La Modelo, de Tipitapa, independientemente que uno de sus miembros después se arrepintiera y dijera públicamente que firmó sin saber lo que firmaba. Lo anterior ningún abogado lo cree, porque cada magistrado emite sus puntos de vista en las diferentes resoluciones que las diferentes Salas dictan, pero lo inaudito no radica en las afirmaciones de dicho magistrado, sino en las actuaciones del abogado del reo en cuestión, quien recurriendo a una nueva treta conocida comúnmente como leguleyada, ahora recurre de Amparo ante la Sala Civil Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua, Sala ésta que de forma rápida y precisa manda a suspender el acto de traslado del reo a la cárcel La Modelo, de Tipitapa. Digna de Ripley tal resolución.
En primer lugar, la Sala Civil Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua no tiene competencia para conocer de casos penales, ni tiene porqué inmiscuirse en un caso penal, independientemente que de conformidad al numeral 3 del Arto. 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial pueda conocer los recursos de Amparo y de Exhibición Personal que de conformidad a la ley de la materia lleguen ante dicha Sala.
En segundo lugar, desde el momento mismo que Arnoldo Alemán es reo, no puede recurrir de amparo porque lo estén enviando a donde debe estar según la ley, y es la cárcel. En este caso los más de cuatro mil reos que existen en el país también tendrían este derecho y todas las Salas civiles de los Tribunales de Apelaciones tendrían que ampararlos.
La Ley de Amparo vigente, en su Arto. 1 establece el rango constitucional de la misma, a fin de mantener y restablecer la supremacía de la Constitución Política, y tiene por objeto regular los Recursos por Inconstitucionalidad, de Amparo y de Exhibición Personal conforme a los artículos 187, 188, 189 y 190 de nuestra Constitución Política.
El Artículo 3 de la misma ley establece: El Recurso de Amparo procede en contra de toda disposición, acto o resolución y en general, contra toda acción u omisión de cualquier funcionario, autoridad o agente de los mismos que viole o trate de violar los derechos y garantías consagrados en la Constitución Política.
El Arto. 23 de la Ley de Amparo establece: “El Recurso de Amparo sólo puede interponerse por parte agraviada. Se entiende por tal, toda persona natural o jurídica a quien perjudique o esté en inminente peligro de ser perjudicada por toda disposición, acto o resolución, y en general, por toda acción u omisión de cualquier funcionario, autoridad o agente de los mismos, que viole o trate de violar los derechos y garantías consagrados en la Constitución Política. ¿Pero cuáles son los derechos y garantías que el reo Arnoldo Alemán reclama que le serán violados? ¿ir a la cárcel? ¿qué funcionario, autoridad o agente de los mismos trata de violarlos?
Recordemos que la Constitución Política define el carácter correctivo, reeducativo y humanista que tiene el Sistema Penitenciario Nacional, y es ahí donde el Ministro de Gobernación, después de amarrarse bien los pantalones, debe enviar sin mayor premura al reo condenado Arnoldo Alemán, dado a que la resolución de la Sala Civil Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua no tiene ningún asidero legal que la sustente, razón por la cual no tiene porqué cumplirse, máxime al estar invadiendo La Competencia de la Sala Penal Uno del Tribunal de Apelaciones de Managua, que es la única que puede emitir resoluciones que tengan que ver con el reo condenado, Arnoldo Alemán.
Por favor, señores magistrados de la Sala Civil Uno: no fomenten la violación a la ley con sus actuaciones y no den lugar a una leguleyada más.