El bioterrorismo y el Cafta

Roberto [email protected] Nicaragua, aún no vislumbra un libre ingreso de sus productos a EE.UU. por la serie de impedimentos en este mercado, no sólo por la Ley Agrícola del 2002, que establece un esquema de etiquetado para la venta de carnes, frutas y mariscos, extendida conforme a una serie de requisitos, por ejemplo, las carnes […]

Roberto [email protected]

Nicaragua, aún no vislumbra un libre ingreso de sus productos a EE.UU. por la serie de impedimentos en este mercado, no sólo por la Ley Agrícola del 2002, que establece un esquema de etiquetado para la venta de carnes, frutas y mariscos, extendida conforme a una serie de requisitos, por ejemplo, las carnes y mariscos deben ser procesadas preferiblemente en EE.UU. En el caso de frutas, vegetales, frescos, congelados y maní, se pide que sean empaquetados y, de ser posible, procesados en Norteamérica. Asimismo, tenemos las medidas comerciales contenidas en la ley de bioterrorismo que previenen contaminaciones en las importaciones de alimentos para seres humanos. En este sentido, el acceso a la mitad de productos agrícolas no cumple los requisitos fitosanitarios: aguacate, granadilla, melón y otras frutas; los pollos (enfermedad Newcastle); los quesos semi madurados y lácteos (brucelosis y tuberculosis del ganado); productos del mar enlatados (mercuri o met); etc.

Los exportadores nicaragüenses ya tienen el tiempo contado para remitir la documentación requerida para que sus productos puedan entrar a los Estados Unidos, plazo que finaliza el 12 de diciembre, antes de la entrada en vigencia de la nueva Ley Antibioterrorismo, cuyo nombre real es Ley de Seguridad en la Salud Pública, Preparación y Respuesta Contra el Bioterrorismo.

Los requisitos y formularios que deben llenar no están claros aún. Las autoridades estadounidenses de la Administración para Drogas y Alimentos de Estados Unidos y demás autoridades involucradas en el proceso de exportación, deben ser aún más explícitos en sus requerimientos.

Bajo el término Bioterrorismo se entiende un ataque biológico mediante un agente tóxico y nocivo que llega a un grupo de personas, causando trastornos de salud, inclusive la muerte, a través de la contaminación de un alimento, el medio ambiente o cualquier otro medio de propagación. No obstante, muchos especialistas y usuarios están seguros que el uso de esta Ley permitirá el rechazo, sin justificación alguna, de cualquier producto alimenticio procesado y sin procesar, hasta demostrar por la documentación ¿de dónde viene? ¿cuál fue el mecanismo que siguió para poder llegar a territorio norteamericano? ¿quiénes estuvieron involucrados en la cadena de producción?, entre otros.

Esto implica que productores, procesadores, manufacturadores, transportistas, almacenadores, acopiadores, entre otros, de alimenticios, lleven un riguroso y detallado control del procedimiento que recibió un producto desde que salió, en términos EXW, hasta que llegó a EE.UU., aumentando la burocracia y aumentando las barreras sobre reglas de origen, para la importación. En este sentido, si las empresas exportadoras incumplen podrían incurrir en la comisión de algún delito federal, con la consecuencias penales respectivas, sin excluir el rechazo de la mercadería, suspensión del permiso de venta, hasta el boleto a la cárcel, si encuentran alteraciones o agentes patógenos en la mercadería.

Hoy, las empresas exportadoras deben cumplir con el registro, que no será gratuito. Luego, previo al embarque, hay que hacer una notificación, por fax o internet; en tercer lugar, mantener un registro de las exportaciones realizadas. Por otro lado, es necesaria la adecuación, ordenamiento y sistematización del proceso de producción en las empresas, traslado, almacenamiento, procesamiento y envío de productos alimenticios a Estados Unidos; según la nueva ley extranjera. Además, la contratación de especialistas para tales fines, personal que sepa inglés; entre otros gastos.

La gran amenaza se cierne sobre los pequeños y medianos productores para el llenado, entre otras cosas, de las notificaciones y demás documentación en inglés para concretar el envío, porque no cuentan con personal calificado; para ello, se deben editar y proporcionar el material en inglés y español, conjuntamente, para que las Pymes no tengan mayores inconvenientes. Además, es necesario crear programas de capacitación “gratuito” por parte del Cetrex, Apenn, Mag-For, CNPE, financiado por la cooperación externa o por los mismos Estados Unidos.

Exportar de forma indirecta o apostarle a los nichos comerciales son los dos caminos que se les presentan a las Pymes, quienes deben asumir los nuevos retos, a pesar de las pocas posibilidades de subsistencia o de exportación a gran escala, por no contar con los suficientes recursos económicos. En ese sentido, los pequeños empresarios deben optar por exportar de forma indirecta, mediante el abastecimiento de materiales a grandes empresas, así como formar cooperativas para juntos exportar y salir adelante. Otra forma es descubrir nuevos mercados que permitan colocar sus productos en nuevos mercados o mediante la exportación de productos no tradicionales. En México, sólo el 6 por ciento de las Pymes se han visto beneficiadas con el TLC con Estados Unidos, porque han faltado programas de asesoría y financiamiento. Esperemos que el Gobierno ponga manos a la obra.

Bajo estos términos encontramos aspectos positivos y negativos donde el Gobierno debe poner el hombro para apoyar a los pequeños, medianos y grandes productores nicaragüenses.

El autor es Jurista en Derecho Internacional.

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