Emilio Álvarez Montalván
Lo más fácil y superficial para justificar el fallo contra Iniser, que ha merecido justificada alarma, es echarle la culpa a los abogados de la parte perdedora. Más bien luce ese argumento como una cortina de humo que oculta el habilidoso plan de transformar la bola de sarro que es el ingenio Victoria de Julio, en dinero contante. Por ello extraña que la señora presidenta de la Corte Suprema de Justicia, quien no es miembro de la Sala Civil, se inmiscuyera en esa controversia y señalara a los profesionales que representaron al ente estatal como responsables del rechazo del Recurso de Hecho. Hay que decirlo claramente, no corresponde a la alta investidura de la doctora Alba Luz Ramos pronunciarse sobre la competencia abogadil de cualquier recurrente.
Es más transparente aceptar los argumentos del voto disidente de ese fallo, por el respetado magistrado doctor Guillermo Vargas Sandino, al que se adhirió el profesor Iván Escobar Fornos. En efecto, ambos integrantes de la Sala Civil de la Corte confirmaron con sólidos argumentos lo endeble del voto mayoritario.
En realidad la sentencia denegatoria se basó en que estaba incompleto el expediente del caso, cuando llegó en casación, detalle que pudieron corregir los magistrados si hubieran querido trabajar profesionalmente, librándose de toda sospecha, dada la ingente suma de dinero en juego.
En efecto, los magistrados en mayoría alegan que la certificación de las diligencias acumuladas en el Tribunal de Apelaciones presentaba faltantes, a pesar que dicho Tribunal garantizó la integridad del legajo. Pero aún si hubiese habido negligencia en el envío, era obligación de la Sala Civil de la Suprema Corte reclamar al propio Tribunal de Apelaciones la supuesta omisión, por ser éste el responsable.
Hay que acordarse del sabio consejo: “La mujer del César no sólo debe ser honrada, sino parecerlo”. Los señores magistrados de la mayoría de la Sala de lo Civil, aprovechando el supuesto faltante emitieron fallo como lo habían dispuesto desde el principio, aumentando los rumores de que “algo podrido existe en Dinamarca”.
Lo grave del caso es que al rechazarse el Recurso de Hecho interpuesto por Iniser, quedó firme la sentencia del Tribunal de Apelaciones que no se atrevió a tratar el fondo del asunto, que era precisamente la falta del mérito ejecutivo de unas supuestas confesiones fictas, dando pretexto a las reaseguradoras para no honrar sus compromisos.
Quienes deseen penetrar más sobre este increíble fallo, criticado por sus fatales consecuencias, deberían leer un artículo del doctor Manuel Gutiérrez en el que responde a la pregunta final: ¿Cabe reversión del malhadado fallo? Para el doctor Gutiérrez debería la Comisión de Régimen disciplinario de la Corte Suprema de Justicia declarar nulo lo actuado por la juez Tercero de Distrito de Managua, sancionándola por haber sentenciado contra ley expresa, acusándola por el delito de prevaricato ante la Fiscalía o la Policía Nacional.
Evidentemente ese monstruoso fallo no debe prevalecer, si es que se quiere ahorrarle al pueblo 14 millones de dólares.
El autor es analista político.