“Alegrón de burro”, como se dice popularmente, la alegría de la devolución del dinero pagado en el IVA de los productos importados de la canasta básica duró sólo una semana.

Devolución del IVA ya no va

Oficialmente el Fisco anuncia que ya no habrá reintegro del IVA, exactamente una semana después que el titular de la cartera anunció lo contrario Giselle Alemán [email protected] Ya está decidido. La devolución del dinero cobrado en concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los productos importados de la canasta básica no será efectivo, así […]

  • Oficialmente el Fisco anuncia que ya no habrá reintegro del IVA, exactamente una semana después que el titular de la cartera anunció lo contrario

Giselle Alemán [email protected]

Ya está decidido. La devolución del dinero cobrado en concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los productos importados de la canasta básica no será efectivo, así lo anunció el Director General de Ingresos, Róger Arteaga, a través de su vocera, con lo que contradice el anuncio hecho por él mismo hace una semana, donde informó del regreso del tributo por un total de 90 millones de córdobas.

“El director nunca aseguró que dicha medida se haría efectiva. Únicamente manifestó la voluntad de la DGI de devolver el dinero si el equipo de abogados que estudiaba el caso determinaba que debía hacerse”, explicó Yelba Soza, directora de Relaciones Públicas de la DGI.

Soza dijo a LA PRENSA que Arteaga nunca aseguró tajantemente que las devoluciones se llevarían a cabo, “simplemente lo anunció como una posibilidad. Fueron los medios los que interpretaron mal sus declaraciones”.

A través de un comunicado que hoy publica este rotativo, la DGI señala que “habiéndose efectuado el cobro del IVA bajo el amparo de la Ley, impuesto causado, impuesto pagado no existe ninguna reforma jurídica tributaria donde quepa la devolución”.

Pero según el experto en asuntos fiscales, René Vallecillo, si bien es cierto no existe una norma jurídica que obligue a la DGI a devolver lo recaudado en concepto de la venta local, “la Dirección General de Aduanas (DGA) sí estará obligada a devolver esa plata a los importadores”.

“La devolución sí cabe en lo recaudado por importaciones. No así en la venta local, que es lo que no se explicó en la ley. Eso jurídicamente no se puede devolver”, confusión que según Vallecillo, se da por deficiencias en la redacción de la ley.

“SE ESTUDIARÁN CASOS”

El Director General de Servicios Aduaneros, Fausto Carcabelos, explicó que en el caso de que existiesen devoluciones que hacer, éstos procederán a analizar cada caso cuando el interesado presente la solicitud de obtener su devolución.

Carcabelos dijo que “la medida la vamos a discutir con la DGI y el Ministerio de Hacienda, porque nosotros sólo colectamos el IVA para estas instituciones, ya que el cobro no es un derecho aduanero”.

“Trabajaremos con la DGI y Hacienda para que cuando efectivamente corresponda una devolución, retribución o la aprobación de un crédito se lleve a cabo, porque se trata de defender el derecho del contribuyente también”.

Finalmente, el departamento de Relaciones Públicas de la DGI, anunció que los cambios efectuados por el Presidente de la República, Enrique Bolaños en el reglamento a la Ley Equidad Fiscal donde se exonera el pago de impuestos a los productos de la canasta básica, entrará en vigencia a más tardar el día nueve del presente mes.

SE SIGUE COBRANDO

La Dirección General de Ingresos (DGI), sigue cobrando el IVA a los productos importados de la canasta básica, y será suspendido hasta que el decreto que elimina este cobro del reglamento sea publicado en La Gaceta, previéndose que será a más tardar el próximo miércoles.

ESTABA EN EL REGLAMENTO

Con base en los artículos 52 y 57 del reglamento de la Ley de Equidad, desde el pasado seis de mayo la Dirección General de Ingresos (DGI), cobró el 15 por ciento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre los productos importados que forman parte de la canasta básica.

En un comunicado publicado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se oficializó la adecuación del Decreto 46-2003, del reglamento de la Ley de Equidad Fiscal, donde se informa que “a partir de la fecha de publicación del Decreto 51-2003, los productos de la canasta básica quedan exentos de pago de Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Los especialistas señalan que el Ejecutivo tiene la potestad de hacer cambios en el reglamento, pero no en la ley, pues es sólo autoridad del Poder Legislativo.

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