Cuestionan legalidad del alza en el agua

Moisés Martínez [email protected] Organismos de defensa al consumidor y diputados de la Asamblea Nacional aseguraron que el alza del siete por ciento en la tarifa de agua potable no cumple con todos los requisitos legales. De acuerdo a Aracelly Chávez, directora de la Liga de Defensa al Consumidor (Lideconic), el argumento de la indexación no […]

Moisés Martínez [email protected]

Organismos de defensa al consumidor y diputados de la Asamblea Nacional aseguraron que el alza del siete por ciento en la tarifa de agua potable no cumple con todos los requisitos legales.

De acuerdo a Aracelly Chávez, directora de la Liga de Defensa al Consumidor (Lideconic), el argumento de la indexación no puede considerarse como válido, dado que este no fue sustentado legalmente por el Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados (Inaa).

“Ese concepto de indexar al que se refieren no corresponde al deslizamiento de la moneda frente al dólar. Y según tengo entendido, el director de Inaa nunca se presentó ante la comisión de transporte de la Asamblea Nacional para explicar a que indexación se refiere”, dijo Chávez.

“ El verdadero motivo de este incremento son los ajustes solicitados por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional para equiparar costos en vista del proceso de privatización de la distribución y administración del agua que se pretende realizar”, agregó.

EXISTE VACÍO LEGAL

Por su parte el diputado Agustín Jarquín miembro de la Comisión de Transporte e Infraestructura expresó que este incremento presenta un grave vacío jurídico que permitiría la interpelación legal de las autoridades encargadas de la regulación y distribución del agua potable.

Según Jarquín, es cierto que el decreto de 45-98 establece el incremento de tarifas de agua potable vía indexación, no indica que deba ser el Inaa el que lo autorice.

“Esta alza no tiene fundamento, porque aun no se ha introducido ninguna reforma en la Ley de Agua Potable y Alcantarillado que establezca que el Inaa puede autorizar los incrementos por indexación”, afirmó.

“Debido a este vacío jurídico, esta alza puede ser perfectamente recurrible por los usuarios. En este caso, se puede dar caso similar al de Unión Fenosa, donde la Corte Suprema de Justicia declaró ilegal un incremento en la energía”, finalizó.  

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