El ministro de Gobernación, Eduardo Urcuyo, aseguró que la absolución de Tirso Moreno, quien fue juzgado por un tribunal de jurados por los delitos de exposición de personas al peligro y secuestro que cometió el 22 de octubre del año pasado, cuando asaltó a mano armada las instalaciones de LA PRENSA y mantuvo secuestrados durante algunas horas a varios periodistas y otros empleados de este Diario, es también una señal de que reos connotados por delitos de corrupción, como Byron Jerez y Arnoldo Alemán, serían igualmente absueltos por los tribunales de jurados.
Tiene razón el ministro de Gobernación. Y sin dudas que por eso es que los defensores de Alemán están tratando de impulsar un acuerdo con los sandinistas, para darles a éstos la mayor parte de los nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia que la Asamblea Nacional debe escoger próximamente, a cambio de una reforma legal que permita librar de la acusación de lavado de dinero al ex Presidente de la República que hasta ahora está guardando casa por cárcel.
Como se sabe, uno de los delitos por los que Alemán fue fulminado con auto de prisión es el lavado de dinero, que está tipificado en el artículo 61 de la “Ley de Estupefacientes, Sicotrópicos y Otras Sustancias Controladas; Lavado de Dinero y Activos Provenientes de Activos Ilícitos” (Ley 285). Y de conformidad con el artículo 79 de esta Ley, los reos procesados por delito de lavado de dinero “no serán sometidos al conocimiento del tribunal de jurados”, sino que serán sentenciados directamente por el juez o jueza correspondiente (a sentencia de cuatro a 20 años de prisión) “una vez evacuados los trámites de la segunda vista y subsanadas las nulidades si las hubiere…”
Como sea, los jurados no tienen credibilidad ni merecen confianza alguna. Como es bien sabido, el principal problema que afecta a la justicia en Nicaragua, inclusive por encima de la corrupción, es el de la politización partidista, de la que no escapan los jurados que de conformidad con el artículo 5 de la Ley 164 juzgan y dictan veredicto en los casos penales que ameritan penas mayores de tres años de prisión. Y no escapan los jurados a la perversión partidista de la justicia porque son escogidos por los alcaldes y los concejales que obedecen a los intereses de sus partidos, y por otros funcionarios que a su vez fueron designados entre correligionarios sumisos a los criterios políticos de quienes los nombraron, como es el caso de los jueces y magistrados.
Ese partidismo, junto con la vulnerabilidad de los jurados ante la tentación de los sobornos y otras formas de corrupción, explica sus actuaciones injustas, equívocas y dudosas —por decir lo menos—. Y plantea la necesidad de suprimirlos, o de transformarlos en tribunales escabinados; es decir, instancias judiciales integradas en forma mixta y balanceada con jueces profesionales y ciudadanos comunes pero cultos y debidamente preparados en derecho. A diferencia del sistema actual en el que sólo un juez se integra con los demás jurados que por lo general son personas económicamente necesitadas, ignorantes del derecho y carentes de sentido de justicia, y por lo tanto juzgan y dictan veredictos para condenar a los inocentes y absolver a los culpables.
La verdad es que la institución del jurado podría funcionar bien si fuese mejor la calidad de las personas que la integran, y de las que las nombran. O sea que el problema no es la institución en sí misma, sino los individuos maleados que la integran y los más maleados aún que los nombran. En todo caso, el jurado, como todas las instituciones, tiene que ser valorado de acuerdo con sus actos y no por prejuicios ideológicos ni políticos. Y la declaración de inocencia de un individuo que todo mundo vio la acción delictiva que cometió, y que además la confesó, demuestra que los jurados no merecen ninguna confianza.
La autoridad correspondiente debe considerar la anulación del veredicto del jurado que absolvió insólitamente a Tirso Moreno, sobre todo si se comprueba que hubo cohecho, que es causa de nulidad y delito establecido en el Código Penal (artículo 360) y castigado con dos a siete años de prisión.