- Sentencia de la CCJ no tiene ninguna incidencia jurídica en Nicaragua, dice Serrano Caldera
Ary Neil Pantoja [email protected]
El ex presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Alejandro Serrano Caldera, dijo ayer que la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ) no tiene facultades jurídicas para haber aceptado la demanda que introdujo el reo Arnoldo Alemán en contra del Estado de Nicaragua, por lo que, según Serrano, la sentencia emitida el pasado 27 de enero por esa instancia “no tiene ninguna incidencia jurídica en Nicaragua”.
Serrano aclaró que el Estado de Nicaragua no está obligado a acatar dicha resolución “porque (la Corte Centroamericana) no es un organismo supranacional y por tanto no tiene competencia para conocer de la demanda”.
El Estado nicaragüense no puede aceptar esta sentencia, porque de aceptarla, estaría violentando su propia Constitución Política. La Corte Centroamericana no puede considerarse un tribunal que está por encima de los tribunales de justicia de cada Estado centroamericano”, insistió Serrano.
Otro argumento de Serrano para desestimar la aplicación de la sentencia, es que el Tratado de Tegucigalpa –mediante el cual se crea el Parlamento Centroamericano–, no es un tratado que está por encima de las Constituciones nacionales de los países centroamericanos, y que el mismo Parlacen no es un organismo supranacional.
“Los tratados internacionales, cuando no están privilegiados por los países para darles ese rango superior a las Constituciones nacionales, tienen una jerarquía superior a las leyes ordinarias, pero inferior a la Constitución Política”, explicó Serrano, tras reiterar que la sentencia de la CCJ, no obliga a ningún juez nicaragüense a modificar un fallo judicial.
SENTENCIA ES JURÍDICAMENTE CONTRADICTORIA
Por su parte, el magistrado del Tribunal de Apelaciones de Managua, Gerardo Rodríguez, considera que el fallo de la CCJ, es “jurídicamente contradictorio e improcedente”, porque, según dijo, la Corte Centroamericana vela por el bien común de los países miembros del Tratado de Tegucigalpa, y los juicios contra Alemán se originaron de actos internos de un Estado.
Lo contradictorio del fallo, según Rodríguez, es que “por un lado (la CCJ) acepta que los juicios contra Alemán continúen, pero por otro, ordena que se suspendan las restricciones judiciales, es decir, que se revoque la orden arresto. Eso no es posible, porque la orden de arresto es consecuencia de un juicio que ellos mismos ordenan continuar”, explicó Rodríguez.
Rodríguez considera un “error técnico”, el hecho de que el fallo de la Corte Centroamericana manda al Estado de Nicaragua, representado en el presidente Enrique Bolaños, a que suspenda esas restricciones contra Alemán. “El Poder Ejecutivo nunca va a ordenar a un juez que revoque o reforme una sentencia, porque estaría invadiendo el ámbito del Poder Judicial”, señaló Rodríguez.
El magistrado explicó que tampoco la Presidenta de la Corte Suprema de Justicia está facultada para ordenar o sugerir cambios en una sentencia interlocutoria dictada por un juez. “El Poder Ejecutivo no puede atribuirse facultades que la Ley no le otorga, y tampoco la Presidenta de la Corte Suprema puede ordenar dejar sin efecto una orden judicial”, reiteró Rodríguez.
MÉNDEZ GUARDA DISTANCIA
No se ha recibido ninguna notificación, no se ha hecho de mi conocimiento ninguna resolución, tampoco el abogado lo ha venido a alegar y por lo tanto, procesalmente hablando, no existe en este expediente y por lo tanto no puedo dar ninguna opinión. Si lo llegan a alegar, hay que agotar el trámite, mandar a oír a la contraparte y después debo pronunciarme conforme a lo que se considere legal, mientras tanto no puedo adelantar ningún criterio sobre eso”, expresó la juez Juana Méndez.