Fiadores “ensartados” con deudas por ayudar a los amigos

Algunas personas parecen no escarmentar, y pese a que han terminado pagando las deudas que no contrajeron directamente, vuelven a constituirse en fiadores de “amigos” que muchas veces los dejan “colgados” con las empresas financieras. El reconocido cronista deportivo, Edgard Tijerino, quien es fiador de 12 personas, asegura que siempre existirán los fiadores, “porque entonces […]

  • Algunas personas parecen no escarmentar, y pese a que han terminado pagando las deudas que no contrajeron directamente, vuelven a constituirse en fiadores de “amigos” que muchas veces los dejan “colgados” con las empresas financieras. El reconocido cronista deportivo, Edgard Tijerino, quien es fiador de 12 personas, asegura que siempre existirán los fiadores, “porque entonces no existirían las deudas”; aunque reconoce que las entidades financieras deberían agotar las vías para recuperar el dinero con los deudores, antes de ir contra los fiadores

Ary Neil [email protected]

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Quizás nunca haya una relación más delicada. Es casi comparable a la de un matrimonio o tal vez peor, porque en ésta existen tres actores. El “divorcio” viene cuando la parte que contrajo la mayor responsabilidad incumple con su obligación. Igual que en un matrimonio, la relación contractual acreedor-deudor-fiador, conlleva una responsabilidad financiera compartida que no siempre llega a feliz término.

Generalmente este tipo de relaciones comienza entre compañeros de trabajo o miembros de una misma profesión o la familia.

No cabe la menor duda que, cuando la persona mayormente comprometida evade su responsabilidad, las otras dos partes actuarán de forma implacable en su contra; sin embargo, quien más sale perdiendo es el que menos se benefició de la relación. El “divorcio” no sólo se traduce en la simple separación y disolución del vínculo afectivo, sino que también en una posible demanda judicial por daños y perjuicios en busca de resarcir el daño económico-financiero causado a las partes.

Pero bueno, igual que el matrimonio, esta relación siempre existirá, “porque entonces las deudas dejarían de existir”, comentó el conocido cronista deportivo Edgard Tijerino, quien es una de las víctimas de este tipo de vínculo temporal y ahora debe pagar dos deudas que contrajo siendo fiador de igual número de personas.

“Actualmente pago unos 400 dólares mensuales porque a los dos que les serví de fiador no pagaron”, dijo Tijerino, al tiempo que prefirió reservarse los nombres de los ciudadanos que incumplieron su obligación.

Ésta es la historia de los señores: acreedor, deudor y fiador, que entablaron una relación financiera que, en teoría, debería llegar a feliz término. Este final feliz, sin embargo, es siempre a favor del acreedor, quien nunca pierde su inversión, pues si el deudor incumple, el fiador debe enfrentar el compromiso adquirido.

El fiador termina pagando con creces su buena voluntad de ayudar a un amigo o familiar, pues no sólo asume la deuda original, sino también todos los gastos accesorios como intereses moratorios, gastos judiciales y todo cuanto se le pueda ocurrir al acreedor. “Por ponerte un ejemplo, yo era fiador por una deuda de 6,000 dólares, pero al hacerme la cuenta, terminé pagando hasta 10,000”, expresó Tijerino.

NO ESCARMIENTAN

Pese a los problemas a los que uno se mete al firmar como fiador de alguien, hay personas que no escarmientan. Edgard Tijerino, parece ser una de esas personas y se ríe cuando uno se lo dice, pues tras asumir dos deudas por la misma vía, aún es fiador de 12 prójimos más.

Asegura que incluso, esto le ha traído algunos problemas familiares. Después de una sonora carcajada y a manera de broma, responde: “Axiliadora (su esposa) me ha dicho que se va a divorciar si no anulo esas fianzas”.

“No es bonito estar pagando. En uno de los pagos (asumidos), que es a 36 meses, voy llegando a la cuota 22. Es una cuota de 210 dólares mensuales, estás hablando de que ya llevo más de 4,000 dólares. Por otro lado, y esto es más grave porque ya me pasó, si soy fiador de alguien y la deuda que me heredan es de 6,000 dólares, al firmar yo una reestructuración de crédito, la deuda se me convierte en 10,000 dólares”, expresó Tijerino.

Tijerino considera “una mala política para el negocio”, el hecho de que los acreedores recurran directamente contra los fiadores, sin antes agotar las vías para que los deudores cumplan con el pago. “Con esto lo que hacen (las compañías) es ahuyentar a los fiadores y así terminan afectando el negocio que es el préstamo”, expresó.

El cronista deportivo dijo que, “al igual que todos los nicaragüenses” tiene sus fiadores —cuatro en total—, entre ellos a Renzo Bagnariol y David Robleto, este último fiador de Tijerino por una camioneta que adquirió y que aún está pagando. Respecto a las tarjetas de crédito, Tijerino expresó que de las cuatro que tiene, en ninguna ha necesitado fiador pues se las han dado por referencias propias.

TODO AL FIADO

Tijerino no tiene ningún reparo en confesar que todo lo que tiene “es al fiado”. Expresó que su primer fiador lo tuvo a los 18 años cuando trabajaba como dibujante en el plantel de carreteras y estudiaba ingeniería, y fue un compañero de la universidad de nombre Giacomo Paniagua.

“Quería regalarle una máquina de coser eléctrica a mi mamá y entonces la tuve que sacar al crédito, porque valía 4,000 córdobas; pagaba 100 córdobas mensuales a 40 meses. Desde entonces mi vida ha sido una cadena de deudas”, expresó Tijerino, tras asegurar que nunca le ha quedado mal a nadie cuando ha tenido que solicitar un fiador.

Paniagua también le sirvió de fiador a Tijerino cuando compró su primer reloj en el almacén de Alfredo Osorio.

EMPRESAS DEBEN AGOTAR ALTERNATIVAS CON EL DEUDOR

Mucho ha cambiado esa situación, y ahora es Tijerino quien sirve de fiador a muchas personas (en la actualidad 12 en total), y lo que más le molesta, dijo, es que las empresas —sobre todo las de tarjetas de crédito— no agotan los recursos para recuperar el dinero a través del deudor principal.

“Yo lo que he protestado fuertemente a las instituciones financieras que han procedido en mi contra es que yo termino pagando y la persona que incumple termina tranquilamente. El que recibe los cobros soy yo, y si me atraso en una cuota me llaman a mí, pero la otra persona (el deudor) queda tranquila”, enfatizó.

A juicio de Tijerino, los fiadores están desprotegidos, pues son los que terminan pagando las deudas de otros, sin haber recibido un solo centavo, y las empresas son “despiadadas” cuando se trata de recuperar el dinero por la vía de los fiadores, “incluso más despiadadas que cuando actúan contra los deudores originales”, señala.

“Las empresas tienen que agotar los recursos (para cobrar al deudor), antes de ir en contra del fiador. Lo que sucede es que no agotan los recursos, y eso es una falla porque ahuyenta a los fiadores. Yo he oído a mucha gente que dice que nunca vuelve a servir de fiador, y hasta me ponen de ejemplo porque dicen que no quieren que les pase lo mismo que a mí”, insistió Tijerino.

Tijerino está actualmente en proceso de cancelación de la fianza de algunas de las 12 personas que avaló en préstamos personales y en tarjetas de crédito.

FIADOR PUEDE DEMANDAR AL DEUDOR

La abogada civilista América Blandón dijo que luego de cancelada la deuda, el fiador puede demandar judicialmente al deudor para recuperar su dinero. Blandón lleva actualmente un caso en el que están a punto de embargar al deudor a favor del fiador que saldó una deuda.

“La ley contempla, en el Código Civil, que el fiador puede recurrir contra el deudor. Una vez que la deuda ha sido cancelada, el artículo 3705 establece que el fiador tiene derecho a ser indemnizado”, señaló Blandón.

Según Blandón, la indemnización que el deudor principal le va a pagar a su fiador, comprende la cantidad total de la deuda adquirida, los intereses legales de esta deuda, los gastos en que incurrió el fiador y los daños y perjuicios que le haya ocasionado la deuda. “El modo de proceder es irse a juicio para salvar la obligación (del deudor con el fiador), a través de un embargo preventivo”, enfatizó Blandón.

Sin embargo, antes de llegar al juicio, se puede realizar un arreglo extrajudicial para que el deudor original pague a su fiador. “Aún no hemos abierto causa judicial, porque confiamos en la buena fe de la persona, para que nos firme un documento privado donde se obliga a pagar la deuda y toda la indemnización que nos permite la ley”, señaló Blandón en referencia al caso que lleva.

ANTES DE FIRMAR, HAY QUE LEER

“Antes de firmar, hay que leer bien el contrato”. Éste es el consejo primordial que dio el abogado civilista Encarnación Castañeda. Recomendó a las personas que antes de constituirse en fiadores de alguien, revisen si se trata de un fiador solidario o un fiador convencional. “Si es un fiador solidario, adquiere la misma responsabilidad que el deudor principal”, expresó.

Pese a esto, Castañeda es del criterio que debería existir una ley que proteja a los fiadores. Criticó el que las instituciones financieras ejecutan judicialmente a los fiadores sin antes haber agotado las vías con el deudor; no obstante, insistió en que dicha actitud es comprensible —desde el punto de vista empresarial—, ya que, dijo, a estas empresas lo que les interesa es recuperar el dinero “sin importar el costo”.

“Al firmar y constituirte en principal pagador y fiador solidario de tu deudor, estás renunciando a los beneficios que te otorga la ley civil, entre esos está el beneficio de exclusión, que se refiere al derecho que tenés para renunciar en cualquier momento a seguir siendo fiador”, expresó Castañeda, tras agregar que el beneficio de exclusión se da cuando uno se constituye en fiador convencional.

Pero insistió en que para informarse si uno está firmando como fiador solidario o convencional, es necesario leer el contrato con detenimiento. “El problema es que muchas veces uno firma para un amigo, compañero de trabajo o un familiar, y lo hace como un favor, de tal manera que uno no lee lo que está firmando, porque tampoco espera que le queden mal”, dijo Castañeda.

INJUSTICIAS NOTORIAS

A juicio de Castañeda, en el proceso de recuperación de deudas “se dan algunas injusticias en la que participan los representantes de las instituciones financieras, el abogado de estas instituciones y el juez”. “Por ejemplo, embargan a los dos, al deudor y al fiador, y esto es bien criticable, porque si ya el deudor está pagando a través del embargo de su salario, no tiene por qué embargarle el resto de sus bienes y mucho menos al fiador”, explicó.

Conforme a la ley, dijo Castañeda, la institución financiera debería embargar el 33 por ciento del salario del deudor principal, antes de ejecutar cualquier acción en contra del fiador. “Muchas veces eso no se hace y se embarga a los dos simultáneamente, y con eso no estoy de acuerdo”, insistió.

El abogado civilista explicó que este tipo de acciones encarece el proceso judicial que, en última instancia si el deudor principal no paga, el costo del juicio —incluyendo los honorarios del abogado del acreedor— recae también sobre el fiador.

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