Noel Hernández Ramos [email protected]
Las tarifas de las llamadas que se originan entre los clientes de la Empresa Nicaragüense de Telecomunicaciones y la Compañía de Celulares BellSouth, serán revisadas nuevamente el próximo año, informó Víctor García, director de Telecomunicaciones del ente regulador Telcor.
El anuncio lo hizo luego que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ratificara, en dos sentencias, la capacidad de regulación del ente regulador en el tema de las tarifas, expuesto en las resoluciones donde Telcor ordenaba a las empresas operadoras reducir las tarifas hasta en un siete por ciento, el año pasado.
“Según se establece en las resoluciones, nosotros vamos a estar revisando eso durante los tres primeros meses de cada año. O sea que nosotros, el próximo año, tendríamos que sentarnos a revisar si los niveles en que están esas tarifas son adecuados”, expresó.
El año pasado el ente regulador presentó un estudio que fue realizado con el apoyo del Banco Mundial, donde se revelaba que las tarifas de las llamadas que se producen mediante la interconexión de los clientes de Enitel y BellSouth se encontraban un 20 por ciento por encima de la media de otros países, comparables con Nicaragua.
En ese estudio, además, se determinó que las tarifas de Nicaragua deberían converger con las tarifas medias de América Latina, por lo cual debía reducirse en un 6.8 por ciento durante los siguientes tres años.
A raíz de este anuncio el entonces director de Telcor David Robleto, emitió resoluciones donde ordenaba a Enitel y BellSouth a reducir las tarifas de las llamadas que ocurren entre sus clientes en aproximadamente un siete por ciento. Las nuevas tarifas se aplican desde junio de este año.
FORTALECEN A REGULADORES
Según García, esta revisión no se pudo hacer este año precisamente porque la aprobación del primer ajuste tuvo que ventilarse en la CSJ, la cual emitió sentencia la semana pasada.
“Lo más importante de estas sentencias es el fortalecimiento de la institucionalidad del país, a nosotros nos parece que la CSJ de manera muy acertada ha ratificado las facultades que tienen los entes reguladores para regular en materia económica”, expresó.
Explicó que a lo largo de la sentencia se puede ver cómo se ratifican las facultades que tiene el ente regulador para garantizar la salvaguarda del interés público.
“El ente regulador en este caso tiene amplia facultad para regular todo lo pertinente a las tarifas no sólo, porque así lo establezcan las debidas leyes ordinarias, sino por el mandato constitucional contenido en el artículo 105 de la Constitución Política”, citó García, al leer parte de la sentencia emitida por la Corte.