El caso del niño de Achuapa ha sido uno de los juicios más criticados por la opinión pública por el tratamiento que le dieron los judiciales.

Procuraduría condena extraño fallo judicial

Luis AlemánEspecial para LA [email protected] Según el abogado Ramón Eugenio Rodríguez, de la Procuraduría Especial de la Niñez y la Adolescencia, el Poder Judicial continúa cometiendo anomalías que irrespetan el interés superior del niño. La sentencia de la juez Segunda de Distrito del Crimen de León, Aleyda Susana Carrillo, se encuentra lista desde el pasado […]

Luis AlemánEspecial para LA [email protected]

Según el abogado Ramón Eugenio Rodríguez, de la Procuraduría Especial de la Niñez y la Adolescencia, el Poder Judicial continúa cometiendo anomalías que irrespetan el interés superior del niño.

La sentencia de la juez Segunda de Distrito del Crimen de León, Aleyda Susana Carrillo, se encuentra lista desde el pasado 16 de agosto, pero no la ha notificado a las partes involucradas en el hecho que llamó la atención de la población debido a las contradicciones manifiestas entre especialistas de medicina forense.

La Procuraduría también rechazó el hecho de que la judicial Carrillo haya negado en dos ocasiones fotocopias de la sentencia, violando con ello la Ley de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos.

Para Ramón Eugenio Rodríguez, la juez Carrillo incurrió en el delito de desacato e irresponsabilidad administrativa. Según el artículo 33 de la referida Ley, el Procurador tendrá la facultad de inspeccionar cualquier instalación o dependencia de la administración pública, igualmente tendrá acceso a cualquier documentación, expediente o información de la misma.

Precisamente, este artículo fue violado por la juez Segundo de Distrito del Crimen de León al no permitir que el Procurador delegado para el caso tuviera acceso a una copia de la sentencia interlocutoria donde sobresee definitivamente a los implicados.

La Procuraduría, según Rodríguez, mantiene su respaldo al médico del centro de salud de Achuapa y a la forense de la Comisaría de la Mujer de León, quienes examinaron inicialmente al niño y determinaron que había sido objeto de abuso sexual.

Para el abogado de la Procuraduría, la juez debió convocar a una junta de especialistas para analizar los cuatro dictámenes médicos que le practicaron al niño, dos de los cuales encontraron evidencias de abuso sexual y otros dos establecían que no había tales muestras de abuso. La juez Carrillo se basó para dictar su sentencia en los exámenes practicados al niño por especialistas de medicina legal, que fueron realizados casi dos meses después de que el menor sufriera los abusos sexuales.

“No es raro que no se refleje nada porque es difícil técnicamente, desde el punto de vista legal, que se muestre meses después penetración anal con el dedo o tocamiento impúdico”, afirmó Ramón Eugenio Rodríguez.

Los sobreseídos por la Juez Segundo de Distrito del Crimen de León son Rosa Idalia Rodríguez Gutiérrez, madre del pequeño; Juan José Cruz Guevara, padrastro, y los tíos maternos: Cristóbal, Adán Evelio y Francisco Pablo Godoy; además, Félix Guevara Cáliz y Basilio Guevara Cruz.

FOMENTANDO LA IMPUNIDAD

La Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos consideró que el sobreseimiento definitivo a favor de los implicados en el caso de violación al menor de Achuapa es un precedente que fomenta la impunidad.  

Puede interesarte

×

El contenido de LA PRENSA es el resultado de mucho esfuerzo. Te invitamos a compartirlo y así contribuís a mantener vivo el periodismo independiente en Nicaragua.

Comparte nuestro enlace:

Si aún no sos suscriptor, te invitamos a suscribirte aquí