Norman Miranda [email protected]
Soplan vientos de fronda provenientes de Honduras y Colombia, tras las anunciadas exploraciones que Nicaragua encargará o encargó a compañías de prospección de petróleo, en zonas marinas que incursionan en el mar epicontinental caribeño cuya delimitación fronteriza pende subjudice en la Corte Internacional de Justicia.
Este pugilato trilateral (más agudo con Honduras que con Colombia) es inútil como bocina de avión y perfectamente evitable, por las razones siguientes: 1) La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, de la que Nicaragua y Honduras son Estados-partes (no así Colombia), estipula en su artículo 74 (referido a la plataforma continental, precisamente, el medio marino donde habría harto petróleo) que mientras dos países en disputa no hayan determinado sus fronteras marítimas, harán, con espíritu de compromiso y de cooperación, todo lo posible por concertar arreglos provisionales de carácter práctico, y que tales arreglos no prejuzgan la delimitación definitiva que ulteriormente estatuya un tribunal o un árbitro internacionales. 2) Además de la Convención precitada, la agenda 21 de la cumbre de Río de Janeiro de 1992 (en la que participaron Nicaragua, Honduras y Colombia), propugna por el uso y manejo común de recursos marinos entre varios países, inclusive entre los que se encuentren en disputa de fronteras marítimas.
Como vemos, hay instrumentos internacionales que establecen, aún en plena lidia, no sólo medidas de confianza y desarrollistas entre países costeros litigantes, sino también, mecanismos de funcionalidad pragmática y de concordia en el uso común de las riquezas marinas, inclusive en zonas litigiosas. 3) Aún más, estos arreglos, encomiables y avalados por el Derecho Internacional del Mar, no sólo son teóricos, sino que, además, han ocurrido con bastante frecuencia. Veamos algunos ejemplos. En el Caribe Oriental, alrededor del Golfo de Paria, se han transado acuerdos sobre riquezas marinas fronterizas entre Venezuela y Trinidad/Tobago (Acuerdos de 1985 y 1990). Los países de las Antillas Menores son prolíferos en acuerdos de uso y manejo común de recursos marinos, no sólo en materia de exploración y explotación, sino también, en cuanto al resguardo del medio marino ante los riegos de contaminación por desparrame de petróleo.
De esta suerte, si las naciones del Caribe Occidental tomáramos el buen ejemplo de las del Caribe Oriental, ocurriría que, mientras la Corte de La Haya determina la frontera caribeña entre Nicaragua y Honduras (lo que probablemente hará en abril de 2004), ambos países podrían compartir el petróleo que se explotase en las vecindades de la zona marina controvertida o en ella misma, determinando cuotas respectivas de aprovechamiento, lo cual se haría, ora de común acuerdo entre ambos países, ora con asesoramiento de expertos internacionales, todo cimentado en medidas paramétricas de proporcionalidad que existen al efecto.
Este enfoque de funcionalidad y pragmatismo permitiría apaciguar el potencial conflictivo, que siempre le adelanta el paso al idílico discurso procentroamericanista; al propio tiempo que destrabaría el bloqueo de soluciones derivado de las folclóricas histerias ultrasoberanistas. Para ganar en seriedad hay que perder en folclor; de lo contrario, en este asunto, la demopedia tragicómica terminará por manifestarse así:
Nos hará más pleitistas el flujo a borbollones del oro negro en aguas marinas litigiosas. Como los prosélitos energéticos esparcen la idea de que tendremos nuestro “golfo pérsico caribeño”, panacea para acabar con nuestra pobreza, los “petrocórdobas” querrán ganar la carrera a los “petrolempiras”, y viceversa. Dado que el petróleo fluye naturalmente sin pasaporte, habrá frenesí por hacerlo “pinolero” o “catracho”. Nicaragua y Honduras se disputarán a porrazos un puesto en la flamante OPEP. Definitivamente que el azul del mar no es inocente.
El autor es especialista en Derecho Internacional del Mar.