- Estatutos partidarios son leídos por cada sector a su manera mientras el caso llega al CSE
- Autoridades electorales a prueba y no se descarta que caso llegue a la Suprema
William Briones Loáisiga [email protected]
Representantes de las dos directivas con que cuenta por ahora el Partido Liberal Constitucionalista (PLC) aducen tener la representatividad y la razón, acorde a los estatutos de esa organización, por lo que será el Consejo Supremo Electoral (CSE) quien tendrá que definir el futuro de ese partido.
No obstante, en ambos se escuchan voces que llaman a un entendimiento “de ambas cúpulas” para evitar una división definitiva en el que según Pedro Joaquín Ríos, jefe de la bancada liberal, “el Frente Sandinista está en palco, riéndose”.
“La legalidad no es la preocupación en el PLC. Lo preocupante es que se estén agrupando y hagan una directiva paralela al CEN (Comité Ejecutivo Nacional) personas que deberían estar uniendo al partido, por eso creo que debemos propiciar la unidad del partido”, comentó.
“Si no hay diálogo, se va a profundizar más la división. Opino que las dos cúpulas se junten para conversar, limar asperezas y trabajar en función del partido, pero que es ilegal, es ilegal”, anotó.
Luis Benavides, directivo del bando arnoldista, dijo que el CEN que lidera Alejandro Fiallos “es solamente un grupo de individuos que se han ido con aviesas intenciones para tratar de debilitar, tomar el poder y luego auto-postularse para diputados y Presidente de la República. En el CEN todos somos autónomos y si algo no nos gusta que el Presidente (sic) Alemán diga, nosotros lo criticamos, que se dejen de bobería y dejen de engañar al pueblo”, demandó.
Benavides reconoció que “hay unos cinco artículos que establecen la posibilidad de que el 25 por ciento de los convencionales soliciten la convocatoria, pero quien lo preside, según los estatutos es la directiva nacional. Al no haber directiva, no puede haber elecciones”, explicó.
Indicó que la ilegalidad de esa elección radica en la ausencia de los directivos nacionales. “Al no presidirla la directiva nacional es ilegal. Por otra parte, la ley dice que las asambleas del PLC tienen duración de tres años o cuando las asambleas lo decidan y desde noviembre, la directiva nacional dio orden de reestructurar el partido. Tan pronto como ganó don Enrique comenzamos esa tarea”, agregó.
Incluso, recordó que Carlos Gurdián, electo tesorero el domingo pasado, renunció a la comisión electoral hace mes y medio, por lo que deslegitimó que éste haya juramentado dicha directiva.
Dijo que la directiva nacional no presidió la convención extraordinaria, porque no fueron invitados “ellos informaron del evento, no invitaron para que la directiva presidiera. No solo, llevaron al CSE una lista de convencionales autenticada por notario y eso no existe porque los notarios sólo pueden dar fecha cierta, por lo que debieron presentar escritura pública”, agregó.
Expresó que legalmente lo que cabe es que el CSE se pronuncie “como no válido. Tenemos confianza porque tenemos la ley en la mano, aquí lo que hay es una lucha de poder”, reconoció.
LA VERSIÓN BOLAÑISTA
Miguel López, secretario nacional de la directiva bolañista, consideró que cumplieron con el marco jurídico que lo establecen los estatutos aprobados en la gran convención del once de julio del 98. Este estatuto establece que los convencionales son electos con votos directos por tres años y que deben elegirse en asamblea municipal. Nosotros fuimos electos de esa manera. Los estatutos establecen que reunidos los 400 convencionales, son la autoridad suprema y esa convención es la que ratifica a los convencionales electos”, argumentó.
Explicó que en su momento impugnaron ante la comisión electoral del PLC, las supuestas anomalías que se cometieron en las elecciones de convencionales, todas las cuales, fueron declaradas improcedentes “aun cuando se presentó la correspondiente documentación”, dijo.
Recordó que en abril pasado, el CEN ordenó suspender la elección de convencionales “pero enviaron ternas para que Alemán escogiera y los invitó a la hacienda El Chile y ahí los escogen, cuando deben ser electos en asamblea municipal. Eso está documentado”, denunció.
“El artículo 105 establece que las autoridades electas siguen siendo miembro del partido, hasta que sean ratificado por la convención, si plantean que el CEN decidió terminar el período de los convencionales, y habiendo sido electos en el mismo acto, debiera terminar también el período del CEN. Significaría que el PLC está sin autoridades, de manera que ellos ya no tendrían el mandato”, argumentó.
López consideró que este conflicto debe resolverlo el CSE, lo que espera sea a favor de la nueva directiva “porque tenemos la legalidad, legitimidad y representatividad”, comentó.
Propuso un diálogo como medio de solución “podríamos llegar al acuerdo de que ninguno de los que estamos electos en ambas directivas, ocupemos cargos, mientras el plebiscito define a los nuevos directivos”, propuso.
LAS LEYES PLC
El artículo 53 de los estatutos establece un período de tres años para las autoridades electas “continuando en el desempeño de sus posiciones mientras no fuesen sustituido legalmente. En todo caso, este período puede ser interrumpido por mandato de las asambleas correspondientes o de la gran convención nacional”.
El artículo 59 indica que “la gran convención nacional y todas las asambleas del partido, serán convocadas, organizadas, presididas y dirigidas por la junta directiva nacional y las juntas directivas departamentales, municipales, distritales, comarcales, cantonales y de barrios, correspondientes.
El artículo 60 establece que “La gran convención celebrará sesiones ordinarias y extraordinarias. Las ordinarias se verificarán el once de julio o dentro de los 15 días anteriores al once de julio; y las segundas (extraordinarias) cuando sean convocadas por la junta directiva nacional o por un número de convencionales que representen al menos un 25 por ciento de sus miembros…”.