- Juez Civil de Estelí ordenó la entrega de una casa a su legítima dueña
- Movimiento Comunal la tenía en su poder desde 1979, cuando triunfó la revolución sandinista
Adolfo Olivas OlivasCORRESPONSAL/ESTELÍ[email protected]
Una casa que durante 23 años consecutivos la ocupó como oficinas el Movimiento Comunal Nicaragüense de Estelí, fue entregada a la señora Graciela González Molina, que compró el inmueble a los antiguos propietarios, pero que los dirigentes de la organización comunitaria se negaban a devolver, lo que condujo en el mes de enero a enfrentamientos callejeros.
El coordinador departamental del Movimiento Comunal Nicaragüense, Ramón Gámez Rodríguez, dijo que el desalojo “no se quedará así”, tras anunciar una marcha de protesta de carácter nacional, según él, para defender las propiedades del organismo comunitario.
Los representantes del Movimiento Comunal se negaron a sacar los bienes que se hallaban en el interior del edificio y entonces la Juez de Distrito de lo Civil, Mercedes Jirón, ordenó su traslado en camiones a los predios del Complejo Judicial, bajo la custodia de efectivos de la Policía Nacional.
Por su parte, la señora Graciela González Molina aseguró que jamás se probó que el Movimiento Comunal Nicaragüense era el propietario legítimo del local, sino que el inmueble fue ocupado ilegalmente en el año de 1979.
El edificio en litigio pertenecía a Ernestina Gallo de Meneses, pero al fallecer lo heredaron sus hijos Oscar y Nidia Meneses Gallo, vendiéndolo a Graciela González Molina.
HISTORIA DEL CASO
La Juez de Distrito de lo Civil de Estelí, doctora Mercedes Jirón, el 23 de marzo del 2001 emitió una sentencia de entrega de la casa a favor de Graciela González Molina, la que también fue confirmada por el Tribunal Regional de Apelaciones.
El 18 de enero del 2002, a las nueve de la mañana, la Juez de Distrito de lo Civil, Mercedes Jirón, tenía previsto ejecutar una sentencia de devolución de la casa a Graciela González Molina, pero ésta haciendo uso de 53 hombres la demolió dos horas antes, generándose enfrentamientos callejeros.
La señora González Molina, que en esa fecha mandó a demoler el edificio, fue sobreseída definitivamente de todos los cargos, salvo del delito de Desacato a la Autoridad por el cual recibió Auto de Segura y Formal Prisión, cuya sentencia se encuentra en el Tribunal Regional de Apelaciones.