Lic. Sapjha Hamad E.
En relación a la columna de Fabián Medina “En letra pequeña”, del día 7 de marzo de los corrientes, bajo el subtítulo “Salarios de policías”, deseo hacer la siguiente aclaración:
1) De acuerdo a declaraciones emitidas por el Ministro de Gobernación, ingeniero Arturo Harding Lacayo, el martes 5 de marzo, referente al reajuste salarial del director y subdirectores de la Policía Nacional, quiero manifestarle que el titular de esta cartera dejó claro que dicho reajuste dista mucho a ser equivalente al que devenga un ministro o viceministro del Estado, a pesar que tienen tratamiento protocolario de ministro o viceministro.
2) Con relación al otro subtítulo, “Malabares”, en el que se refiere al rango de los jefes de la Policía, tengo a bien remitir a la Ley 228 de la Policía Nacional, artículo 217 que textualmente dice:
“Por razón de su grado, el Director General de la Policía recibirá un tratamiento protocolario correspondiente a los Ministros y los Subdirectores Generales e Inspector General el que corresponde a Viceministro”.
Directora Divulgación y Prensa, Mingob
Nota del columnista
Agradezco a la licenciada Hamad su aclaración, que confirma lo que yo dije. Ninguna ley establece rango de ministros o viceministros para policías, sólo “tratamiento protocolario”, que dista mucho de tratamiento salarial o administrativo.
Tal como lo señalé, interpretarlo de otra manera son puros “malabares” para saquear, con mucho ingenio, reconozco, el presupuesto público.