- Desde suspender ciudadanía a los de origen extranjero, hasta reformar la Constitución para permitir extradición
William Briones Loáisiga [email protected]
La posibilidad de extraditar a quienes sean acusados por actos de terrorismo, causó discrepancias en el Parlamento, sobre todo cuando de nacionales se trata. Mientras algunos diputados se manifiestan por reformar la Constitución y hasta extraditar a nicaragüenses acusados como terroristas, otros insisten en que los nacionales deben ser juzgados en Nicaragua.
El pasado 19 de septiembre, los presidentes centroamericanos instaron a los poderes legislativos y judiciales del área a implementar “las normativas necesarias que permitan juzgar y sancionar estos crímenes de lesa humanidad, estableciendo mecanismos adecuados para una expedita extradición y entrega de estos criminales”, acordaron en El Zamorano, Honduras.
Pedro Joaquín Ríos, secretario de la Asamblea Nacional, recordó que la Constitución nicaragüense establece que no se pueden entregar los ciudadanos nicaragüenses, aunque sean terroristas. Éstos tienen que ser juzgados y cumplir condena en Nicaragua.
SUSPENDER NACIONALIDAD
Aseguró que, en el caso de nacionalizados que se vinculen al terrorismo, “tendríamos que averiguar si se nacionalizaron con ese objetivo y en ese caso, creo que se les puede quitar la ciudadanía”, sentenció.
Leonel Teller, miembro de la Comisión del Exterior, dijo que “por principio, el poder Legislativo debe apoyar todas las acciones necesarias para combatir el terrorismo. Si hay que reformar algún artículo de la Constitución para poder extraditar a los terroristas, hay que hacerlo”, expresó.
Coincidió con Ríos que en el caso de nacionalizados vinculados con actos terroristas deben ser despojados de la nacionalidad. “Asumiendo que las investigaciones confirmen su participación, hay que quitarles la ciudadanía, sacarlos del país y ponerlos en manos de la justicia internacional”, dijo.
“En el caso de los nacionales, hay que ver qué decide la comunidad internacional y en manos de quién se tendría que poner a estas personas. La Comisión del Exterior tiene que revisar, tratar de colaborar, si hay que extraditar, reformar leyes, la Constitución, lo que haya que hacer. Tenemos que ser coherentes con lo que decimos y hacemos”, manifestó.
LO QUE DICE LA LEY
María Lourdes Bolaños, presidenta de la Comisión de Integración Centroamericana, recordó que las leyes consignan que los nacionales deben ser juzgados en Nicaragua. “Está contra la Constitución el ser juzgados donde se capturó, en eso tuvimos mucho cuidado en el convenio con Estados Unidos de lucha contra las drogas, que mañana (hoy) se suscribe en el Parlamento, donde expresamente se establece que sean extranjeros o nacionales, no pueden ser extraditados. En todo caso, la declaración de los presidentes no son leyes, tienen que ser traducidas en leyes”, observó.
El artículo # 43 de nuestra Constitución establece que “En Nicaragua no existe extradición por delitos políticos o comunes conexos con ellos, según calificación nicaragüense. La extradición por delitos comunes está regulada por la ley y los tratados internacionales. Los nicaragüenses no podrán ser objeto de extradición del territorio nacional”, expresa.