- “Vamos a perseguir a los autores de estos delitos de estafa y defraudación hasta que se demuestre su culpabilidad. Si es necesario ir a la Corte Suprema de Justicia iremos y recurriremos de casación”
“Juez no valoró pruebas periciales, testimoniales y documentales y sólo tomó en consideración aspectos que beneficiaban a los Centeno”
Jorge Loáisiga Mayorga [email protected]
La Procuradora Penal de Managua, María del Carmen Solórzano, está convencida de que los hermanos Centeno Roque y los ex funcionarios de primer nivel del Interbank, son los responsables de la quiebra, estafa y defraudación de la institución bancaria y asegura que como Ministerio Público los van a perseguir hasta encontrar su culpabilidad.
Para Solórzano, Alex, Saúl y Alvin Centeno Roque estuvieron coludidos con los funcionarios del Interbank José Félix Padilla Mejía, Francisco Somarriba Pérez, Manuel de Jesús Cabrales Arauz, Allan Abarca Mendoza y Julio César Arteaga Serrano para quebrar el banco.
La Juez Regina Caldera dijo que ella emitió su sentencia apegada a derecho y por eso sobreseyó definitivamente a los procesados. Se excusó de emitir declaraciones porque el caso puede regresar al Juzgado Octavo de Distrito del Crimen si el Tribunal de Apelaciones, revoca la sentencia.
“El Ministerio Público está convencido de que en este proceso de investigación había pruebas suficientes para dictar un auto de segura y formal prisión, tanto a los hermanos Centeno Roque como para los funcionarios de primer nivel del Interbank”, expresó Solórzano.
“Ahí hay estafa y existe defraudación. El modus operandi era jineteo de fondos, no llevaban los cheques a la cámara de compensación (cambiarlos en los bancos locales), hacían aparecer las cuentas como que estaban al día, entre otras formas irregulares de operaciones financieras. Estas operaciones al margen de las leyes bancarias derivan en acciones delictivas de estafa y defraudación”, agregó Solórzano.
Dijo además que el juez basó su sentencia en una escritura que se denomina “ampliación de garantía”, pero eso para nosotros es un subterfugio jurídico que está ajeno y divorciado de las acciones delictivas”, agregó.
¿Cómo es posible que haber quebrado un banco y haber realizado todas esas operaciones al margen de la ley no sean para un juez meritorio para dictar un auto de segura y formal prisión, y ojo, habiendo llevado las pruebas al proceso?, se preguntó Solórzano.
La Procuradora Penal de Managua cree que había suficientes pruebas periciales, testimoniales y documentales en el caso para haber dictado una sentencia ordenando prisión para los antes señalados, sin embargo, la juez suplente del Juzgado Octavo de Distrito del Crimen de Managua, Regina Escobar, resolvió contra ley expresa, según Solórzano, al haberlos sobreseído definitivamente.
JUEZ OBVIÓ PRUEBA PERICIAL, ASEGURA PROCURADORA
Señaló que en primer lugar la judicial Escobar obvió la prueba pericial de los contadores públicos Abdul Urrutia y Alfredo Artiles, quienes coincidieron en afirmar que existieron sobregiros, falta de apego a las leyes bancarias por parte de la gerencia financiera.
Agregó que se determinó en la prueba pericial que a partir de la segunda semana de abril del 2000 se reflejaban de manera sistemática desencajes, tanto en moneda nacional como extranjera. Que la operación se limitaba a depositar cheques a cargo de otros bancos, presentados a la cámara de compensación y devueltos por “insuficiencia de fondos”; que se utilizaban cuentas contables de forma incorrecta y recurrente con el objetivo único y premeditado de esconder operaciones crediticias como sobregiros en cuentas corrientes en moneda nacional y extranjera; que se realizaban descuentos de cobranzas documentarias por montos excesivos sin haber efectuado las respectivas indagaciones con los bancos correspondientes en cuanto a la situación de las mismas, las cuales posteriormente fueron rechazadas por incontables.
Solórzano señaló además que se otorgó créditos a la sociedad anónima, Inversiones Bursátiles Internacionales S.A., sociedad perteneciente a los socios de Interbank y que los mismos se utilizaron para canalizar financiamiento con el Dresner Bank, AG, a favor de la empresa Agropecuaria Renacer de San Miguel (Agresami) de los hermanos Centeno Roque.
La Procuradora Solórzano dijo que la Juez Escobar no tomó en consideración ni valoró las declaraciones testimoniales de testigos idóneos como la Intendente de Bancos Karla Icaza, y el Superintendente quienes claramente explicaron que las operaciones realizadas por funcionarios del Interbank violentaban las normas prudenciales de la Superintendencia y la Ley de Bancos.
Entre las declaraciones de Icaza se destaca el hecho de que ella precisa que los bonos de prenda que garantizaban los créditos de once empresas se encontraban vencidos y que la suma total de créditos excedía el límite legal de lo que un banco puede facilitar a una unidad de interés, violentando el artículo 50 de la Ley de Bancos; que se encontraron cheques de empresas relacionadas al grupo Centeno Roque con los cuales funcionarios del banco habían procedido a cancelar obligaciones pendientes, dejando los cheques guardados en una gaveta, violentando el correcto procedimiento.
Según Solórzano, Icaza en su declaración señaló que “las operaciones realizadas en el banco, no pueden minimizarse a simples operaciones bancarias normales, porque desde el momento en que un funcionario acepta tramitar un crédito a una persona natural o jurídica, ese funcionario está en el deber y tiene la responsabilidad de identificar plenamente a su cliente, cosa que los expedientes de créditos otorgados a las once empresas mencionadas anteriormente no se hizo.
Es evidente que los estados financieros presentados por estas empresas son fabricados para hacer las operaciones, además existe una escritura que surgió posterior a los hallazgos (del 27 de junio) por la cantidad de 75 millones de dólares con fecha 30 de julio”.
MILLONES EN SOBREGIROS
Señala la Procuradora que según informe de la Superintendencia de Bancos, los funcionarios Francisco Somarriba Pérez, Manuel Cabrales y Julio Arteaga, Gerente de Operaciones de Crédito e Internacional, respectivamente, en forma individual y mancomunadamente autorizaron a empresas del grupo Centeno Roque, diez cuentas corrientes en moneda extranjera y cuatro en moneda nacional la cantidad de 15.9 millones de dólares y seis millones de córdobas, respectivamente, para cubrir sobregiros que a esa fecha reflejaban las citadas cuentas corrientes.
Precisa la Procuradora Solórzano que al 27 de junio del año 2000, mostraban deficiencias en el otorgamiento de los créditos tanto en la información presentada por los clientes como en los análisis realizados por el banco para la aprobación y desembolso de los créditos de las empresas Tecnologías Agropecuaria del Café S.A.; Compañía Productora de Café, El Rojito S.A.; Centro Agrícola Americano S.A.; Exportadora de Café Siglo XXI S.A.; Distribuidora de Azúcar Génesis S.A.; Distribuidora Azucarera S.A.; Central Nicaragüense del Azúcar S.A.; Industrial del Azúcar S.A.; Inversiones y Proyecto de Azúcar S.A., en todos los casos fueron aprobados por el Comité de Crédito Interno conformado por Padilla, Cabrales, Somarriba y Allan Cabrales.
“Los desembolsos fueron realizados por una sola vez. En diez casos, fueron aprobados con garantía de endoso de bonos de prenda, entre ellos seis bonos estaban vencidos y los cuatro restantes el banco no contaba con los originales debido a que habían sido cedidos a la Financiera Nicaragüense de Inversiones (FNI)”.
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