Las instituciones financieras y los productores del país

José Antonio Poveda Salvatierra * El Sistema Financiero constituye un elemento clave para el funcionamiento de la economía nacional y viene a ser el gran intercambio que interactúa dentro de los movimientos que las diferentes unidades económicas realizan, donde también se incluye al gobierno. ¿Quiénes forman ese Sistema Financiero? Los bancos comerciales el mismo Banco […]

José Antonio Poveda Salvatierra *

El Sistema Financiero constituye un elemento clave para el funcionamiento de la economía nacional y viene a ser el gran intercambio que interactúa dentro de los movimientos que las diferentes unidades económicas realizan, donde también se incluye al gobierno. ¿Quiénes forman ese Sistema Financiero? Los bancos comerciales el mismo Banco Central y las instituciones de ahorro y préstamos, casas de cambio, Bolsa de Valores, y los Almacenes Generales de Depósitos. Estas instituciones no pueden ser ajenas a la crisis que actualmente enfrentamos, tanto en lo referente a otorgar créditos, con las debidas garantías y estimular los sectores productivos en todos los órdenes, y de esta forma generar empleo, y la autosuficiencia alimentaria.

El Banco Central es la cúspide del Sistema Financiero y es a través de la Superintendencia de Bancos, que más de un ente regulador, es el garante de un sistema financiero sano y eficiente, que además de apoyar y fiscalizar su solvencia asume como propio el reto de convertirse en un elemento propulsor del desarrollo nacional.

El sector financiero la importancia que representa la intervención Estatal se traduce en que busca la preservación de la estabilidad del sistema de pagos de la economía, en proteger el ahorro de la comunidad, garantizar un adecuado financiamiento del sector productivo, profundizar el ahorro financiero, democratizar el crédito, regular la oferta monetaria y proteger al usuario.

Cualquiera que sea el sistema económico-político se reserva para el Estado un papel muy importante como regulador y supervisor de los bancos y demás instituciones intermediarias no bancarias, de suerte que se encauce su actividad al logro de ciertos resultados que consulten el interés general de la sociedad dentro de los propósitos que persiguen el Estado.

La Constitución Política de Nicaragua establece en su artículo 99 que, el Estado es responsable de promover el desarrollo integral del país y como gestor del bien común deberá garantizar los intereses y las necesidades particulares, sociales, sectoriales y regionales de la nación además es responsabilidad del Estado proteger, fomentar y promover las formas de propiedad y de gestión económica y empresarial privada, estatal, cooperativa, comunitaria y mixta, para garantizar la democracia económica y social. El ejercicio de las actividades económicas corresponde primordialmente a los particulares. Se reconoce el rol protagónico de la iniciativa privada, la cual comprende un sentido amplio, a grandes, medianas y pequeñas empresas cooperativas, asociativas y otras.

El Banco Central es el ente regulador del sistema monetario. Los bancos estatales y otras instituciones financieras del Estado serán instrumentos financieros de fomento, inversión y desarrollo, y diversificarán sus créditos con énfasis en pequeños y medianos productores. Le corresponde al Estado garantizar su existencia y funcionamiento de manera irrenunciable.

Asimismo, el Estado garantiza la libertad de empresa y el establecimiento de bancos y otras instituciones financieras, privadas y estatales que se regirán conforme las leyes de la materia. Las actividades de comercio exterior, seguros y reaseguros y privados serán regulados por la ley.

El establecimiento de un conjunto de preceptos que ordenan la conducta de las instituciones financieras asignándoles un papel y unas responsabilidades dentro de la concepción del desarrollo y la justicia que desarrolla cada organización social.

La finalidad de estos conceptos debe efectuarse en cada país atendiendo a sus condiciones económicas y a razones de orden sociopolítico, sin embargo, de manera general podemos resumir los siguientes objetivos:

1.1. Estabilidad de la moneda. La preservación de la estabilidad monetaria para lo cual es indispensable controlar el nivel de liquidez de la economía y crear condiciones necesarias para asegurar la estabilidad del sistema de pagos. De allí que el Estado debe intervenir su actividad para controlar que la oferta de dinero en circulación coincida con las condiciones de demanda, para que no existan presiones inflacionarias derivadas de exceso en el nivel de liquidez de la economía.

1.2. Protección de los Depositantes. Finalidad básica de la política sectorial financiera, su efectiva realización se traduce en una mayor estabilidad del sistema financiero y en la defensa del ahorro, cuando se pierde esa confianza ocurren corridas masivas de depósitos, enfrentando a los establecimientos a problemas de liquidez y solvencia.

Esta razón ilustra entonces la necesidad de contar con sistemas de supervisión que eviten pérdidas de capital de los depositante, al igual que justifica las regulaciones de naturaleza preventiva y los distintos instrumentos de apoyo para soportar las crisis individuales o generalizadas del sistema financiero.

1.3. Eficiencia y Competitividad. La competitividad al interior del sistema bancario por el ahorro y el crédito, se traduce en una mejor calidad de los servicios que prestan, en una mayor remuneración del ahorro, comisiones e intereses más reducidos por sus operaciones activas de créditos todo lo cual se traduce en menos márgenes de intermediación y en una mayor racionalidad del costo del capital.

1.4. Democratización del Crédito. Se orienta a lograr un acceso más democrático al crédito institucional a la economía. Es urgente y necesario, otorgar los créditos de parte de las instituciones financieras, sobre todo en estos momentos de crisis y de sequías, ya que de esta forma hay mayor movimiento de capital y generación de empleo.

1.5. Protección del Consumidor. El Estado tiene que cumplir una tarea muy importante dando protección al consumidor que consiste en la creación de privilegios o beneficios en las condiciones financieras de contratación, a favor de los usuarios del crédito, tal protección está encaminada al restablecimiento del equilibrio en la posición jurídica de las partes cuando celebran un contrato de naturaleza bancaria en donde existe una parte fuerte, el Banco y una débil, su cliente, quien por lo demás debe someterse a contratos preestablecidos, ya que la negociación suele darse en torno a formas contractuales de adhesión.

* Vicedecano Facultad de Derecho UNAN-León.  

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