Gabriela Roa [email protected]
El Movimiento de Mujeres “María Elena Cuadra”, en compañía de una delegación de trabajadoras, presentará este jueves ante la Asamblea Nacional una propuesta de “Reformas y Adiciones al Código del Trabajo”, con el respaldo de cinco mil firmas, según informó su presidenta Sandra Ramos.
En el documento recogen los resultados de dos años de consulta a más de tres mil mujeres trabajadoras de los distintos sectores, tales como la industria del tabaco, maquila y empleadas domésticas, entre otras.
En total son alrededor de 40 artículos los que las mujeres consultadas proponen modificar del Código Laboral, con el objetivo de hacer cumplir los derechos de las trabajadoras.
“Quienes se sientan en la mesa de negociación, no somos las mujeres sino los sindicatos, el gobierno y empleadores, nosotros sólo cumplimos con crear un documento que sirva como insumo para la discusión de estos señores”, dijo Ramos.
Explicó que el tema de la igualdad en el mundo laboral es el aspecto principal que desean resaltar en su propuesta, “actualmente existe un capítulo aparte llamado “del trabajo de las mujeres”, donde después de dos parrafitos, nos remiten a los derechos de la maternidad y el trabajo de las mujeres es todo el Código Laboral”.
Agregó que pretenden mejorar el espíritu del Código del Trabajo, incorporando en sus artículos que las mujeres no pueden ser objeto de discriminación y segregación, por tanto deben ganar igual salario que el hombre por un mismo trabajo.
Plantea que los temas del chantaje sexual, violencia síquica, física y sexual, deben ser figuras jurídicas sancionables en el Código del Trabajo.
“El tema de la dignidad de las mujeres trabajadoras está relacionado a una práctica común en los centros de trabajo, como son los registros a las entradas y salidas de las fábricas, donde el personal de vigilancia toca las partes íntimas de los trabajadores. No es posible que en nombre del empleo se abuse de la dignidad del trabajo”, aseguró Ramos.
CONTRATAN PARA UN PUESTO, PERO ORIENTAN MAS FUNCIONES
Además, subrayó un artículo que regule el hecho de que constantemente a las trabajadoras las contratan para un puesto, y adentro les orientan realizar más funciones de las acordadas.
Insisten en que las horas extras no deben ser obligatorias. “Tenemos casos de mujeres que son violentadas por sus maridos e incluso el de una que fue asesinada, porque no pudo avisar en su casa que debía quedarse trabajando”, afirmó Ramos.
Otra práctica que pretenden abolir es la entrega de una co-lilla con el monto total a pagarle en concepto de salario , pero no se desglosa la cantidad, de modo que a la hora de la liquidación los obreros puedan reclamar el resto de sus beneficios.
Para las trabajadoras del servicio doméstico, la propuesta plantea que no debe existir un capítulo especial, como actualmente se maneja, porque “eso significa discriminar y segregar a un sector, cuando todo lo que dicta el Código Laboral deben ser derechos para las mujeres del servicio doméstico”, reiteró Ramos.
Las reformas también incluyen propuestas como enterar cumplidamente las cuotas del Seguro Social a los trabajadores, permitir a los obreros tener acceso a su expediente, y una liquidación especial para las mujeres embarazadas que incluya el pago de su pre y post natal, aunque dentro de las propuestas se plantea que no podrán ser despedidas “por causa que provenga de su embarazo”.
PROPUESTAS DE LAS MUJERES
– Algunas de las reformas planteadas por el Movimiento de Mujeres “María Elena Cuadra” se refieren a la protección de la maternidad de la mujer trabajadora. Presentamos algunas de ellas.
– “La trabajadora en estado de gravidez o gozando de permiso pre y postnatal, no podrá ser despedida por causa que “provenga de su embarazo”, diría el artículo 154.
– Se incorpora el artículo 155, que se leerá así: Una vez hecha la solicitud de autorización de cancelación de Contrato de Trabajo por el empleador en contra de la trabajadora embarazada, y ésta demuestre su estado de gravidez, el inspector deberá –previo a darle trámite a dicha solicitud-, mandar oficio al médico que atiende su embarazo, con copia de la solicitud hecha por el empleador, solicitándole que en un plazo no mayor de tres días, determine si las causas invocadas por el empleador son o no producto del embarazo. Si el médico en su dictamen legal determina que las causas invocadas por el empleador son consecuencia del embarazo, no se le daría trámite a la solicitud.