Continúa litigio por casa expropiada

El Movimiento Comunal Nicaragüense de Estelí, se aferra a la posesión de una vivienda, cuyo terreno reclama la doctora Rita Graciela González Molina, quien dice haber comprado al antiguo propietario Los dirigentes de esa organización sostienen ampararse en las Leyes 85 y 86, pero existe un sentencia judicial a favor de González que fue apelada […]

  • El Movimiento Comunal Nicaragüense de Estelí, se aferra a la posesión de una vivienda, cuyo terreno reclama la doctora Rita Graciela González Molina, quien dice haber comprado al antiguo propietario
  • Los dirigentes de esa organización sostienen ampararse en las Leyes 85 y 86, pero existe un sentencia judicial a favor de González que fue apelada ante el Tribunal Regional de Apelaciones

Adolfo Olivas OlivasHilda Rosa [email protected]

El litigio por el local donde funciona desde 1979 el Movimiento Comunal Nicaragüense de Estelí, se trasladó al Tribunal Regional de Apelaciones. La organización comunitaria apeló una sentencia judicial que ordena el desalojo del inmueble para ser entregado a la doctora Rita Graciela González Molina, quien compró los terrenos al antiguo propietario.

Los dirigentes del Movimiento Comunal se negaron a entregar el predio y ratificaron que de manera firme defenderán las propiedades entregadas al amparo de las leyes 85 y 86, aprobadas en 1990.

Sin embargo, González Molina, indicó que el inmueble nunca fue entregado al amparo de esas leyes. “Fue expropiada con un argumento falso porque dijeron que la casa era del general Fermín Meneses Gallo, lo cual es falso”, indicó.

Explicó que el inmueble fue asignado al Bavinic, el que al estudiar las expropiaciones ilegales brindó una resolución de devolución a los antiguos dueños, a quienes ella compró la propiedad. “El Bavinic nunca asignó la casa ni a individuo ni a institución alguna”, aseguró.

El inmueble “jamás fue intervenido ni confiscado por el gobierno sandinista, sino que estaba en calidad de Comodato”, dijo al presentar documentos donde la Oficina de Ordenamiento Territorial (OOT), denegó la Solvencia de Propiedad al Movimiento Comunal.

OFRECIÓ ARREGLARLES OTRA CASA

Por su parte, Leopoldo Castrillo, abogado del Movimiento Comunal, argumentó que durante todo el proceso éste estuvo en indefensión, porque la Juez ni siquiera notificó del juicio al representante legal de esa organización, señor Pío Gámez, coordinador nacional de la asociación comunitaria.

Lo que González Molina refuta al asegurar que “ellos fueron notificados de cada movimiento y nunca se presentaron”.

Afirmó que durante el trámite de conciliación ofreció arreglarles una de las 17 casas comunales que tienen poniéndoles teléfono, electricidad, servicios sanitarios y todo lo que necesitaran, “pero ellos no contestaron nada”.

Indicó que compró la propiedad con el fin de invertir en una clínica donde los estelianos tendrán servicio de ambulancia, rayos X, laboratorio, prótesis y una farmacia con medicamentos al precio de costo, dijo.

CRONOLOGÍA DEL LITIGIO

El 5 de septiembre de 1979, Ernestina Gallo de Meneses (ex propietaria del inmueble) prestó en comodato la casa por un período de seis meses a los dirigentes comunitarios, Ramón Gámez, Danilo Lagos, Humberto González, Ernesto Cabrera y Roberto Palma, para que instalaran las oficinas departamentales del Comité de Defensa Sandinista (CDS), según documento mostrado por González Molina.

Según dijo, los CDS se negaron a devolver la vivienda, alegando que ese local pertenecía al general somocista Fermín Meneses Gallo, hijo mayor de la señora Ernestina Gallo de Meneses, y que por lo tanto debía ser confiscado de conformidad al Decreto # 3 del 20 de julio de 1979.

El 3 de febrero de este año, Graciela González compró la casa a los hermanos Oscar y Nidia Meneses Gallo, herederos de Ernestina Gallo de Meneses, dueña del inmueble.

El 23 de marzo de este año, la Juez de Distrito de lo Civil, Dra. Mercedes Jirón, emitió una sentencia que ordena la entrega de la propiedad y el Movimiento Comunal incumplió la resolución.

El pasado 9 de mayo, la juez ordenó el desalojo pero no se realizó porque la Policía dijo carecer de “efectivos suficientes para acompañar a la judicial”.

El 11 de mayo, el abogado del Movimiento Comunal, doctor Leopoldo Castrillo, introdujo un “Incidente de Nulidad Perpetua”, pero fue declarado “no a lugar” por la Juez Jirón, entonces el litigante apeló ante el Tribunal Regional de Apelaciones.  

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