- La Contraloría le niega la autorización para contratar directamente a la Xerox
William Briones Loáisiga [email protected]
La Contraloría General de la República (CGR), rechazó ayer la solicitud del Consejo Supremo Electoral (CSE), para contratar directamente a la empresa Xerox para la impresión de 12 millones de boletas electorales por un monto de 1,800,000 dólares, con un costo de 15 centavos dólar por boleta.
“El CSE deberá hacer la contratación libremente, de acuerdo con los intereses del Estado y lo que señala la ley, donde podrán tener la oportunidad de ofertar todas las empresas”, explicó el Presidente de la CGR.
Dijo que además de las empresas agrupadas en la Cámara de Industrias de las Artes Gráficas (Ciagran), recibieron propuestas de otras empresas impresoras, las que tomaron en cuenta para tomar esta resolución que no admite apelación por parte del CSE.
Ciagran había pedido que se diera una oportunidad a las empresas de la industria gráfica del país para poder participar en una licitación por la elaboración de las boletas electorales. El CSE quería contratar directamente a la Xerox, pero ahora tendrá que abrir el contrato al resto de empresas.
“El CSE deberá tomar la decisión de ver cuál es la mejor oferta en cuanto a precios, tiempo de entrega, seguridad, para tomar una decisión. La palabra la tiene el CSE… Lo importante de esta decisión es que no se autorizó la contratación que solicitó el CSE”, subrayó.
XEROX DICE QUE TIENE CONTRATO
Sin embargo, Marcos Almendárez, gerente de Ventas de la Xerox, aseguró que tienen un contrato con el CSE.
“El contrato del año pasado especificaba que íbamos a trabajar con ellos este año. Cuando hay algún desacuerdo, se establece algún tipo de arbitraje. Nosotros tenemos un contrato que hicimos a petición de ellos”, explicó.
PRINCIPIO DE LIBRE COMPETENCIA
El artículo 7 de la Ley de Contrataciones del Estado establece el “principio de igualdad y libre competencia: todo potencial oferente que cumpla con los requisitos legales y reglamentarios, estará en posibilidad de participar en los procedimientos de contratación administrativa en condiciones de igualdad y sin sujeción a ninguna restricción no derivada de especificaciones técnicas objetivas propias del objeto licitado”.