La jueza Vanesa Chévez del Cuarto Distrito del Crimen y Félix Castillo Fernández, abogado.

Sobreseen definitivamente al Dr. Castillo Fernández

Policía lo había denunciado, junto a dos ciudadanos, por el supuesto delito de tráfico interno de estupefacientes Redacción [email protected] La jueza Cuarto de Distrito del Crimen, Vanesa Chévez, sobreseyó definitivamente a tres ciudadanos procesados por el supuesto delito de “tráfico ilegal de estupefacientes”, al no comprobarse el cuerpo del delito ni la delincuencia, basándose en […]

  • Policía lo había denunciado, junto a dos ciudadanos, por el supuesto delito de tráfico interno de estupefacientes

Redacción [email protected]

La jueza Cuarto de Distrito del Crimen, Vanesa Chévez, sobreseyó definitivamente a tres ciudadanos procesados por el supuesto delito de “tráfico ilegal de estupefacientes”, al no comprobarse el cuerpo del delito ni la delincuencia, basándose en que la Policía Nacional no cumplió con el procedimiento establecido en la Ley 285, referida a la Ley de Reforma y Adiciones a la Ley No. 177, denominada “Ley de Estupefacientes, Sicotrópicos y Sustancias Controladas”.

“Esta autoridad tendrá que dictarle a los mismos (procesados), una sentencia de Sobreseimiento Definitivo, todo de conformidad con el Arto. 55 In. “El cuerpo del delito o falta es la base y fundamento del juicio criminal, y sin que esté suficientemente comprobado, no puede continuarse el juicio de instrucción.., por cuanto no se cumplió el trámite establecido”, refiere la jueza Chévez.

De esta forma, la autoridad judicial dejó en libertad al señor Félix Castillo Fernández, de 65 años y abogado de oficio; a Donald Vargas Alemán, de 37 años y a Miguel López Avendaño, carpintero, quienes fueron denunciados por la Policía de la Estación Dos de Managua, de los supuestos cargos de “tráfico interno de estupefacientes”.

NO SE LE OCUPO DROGA

Rola en expediente que al doctor Castillo no le ocuparon ningún tipo de estupefaciente, por lo que éste sobreseimiento definitivo lo exime de toda responsabilidad delictiva lo mismo que a los otros procesados.

La sentencia –denominada No. 113—fue emitida por la jueza Chévez el pasado dos de marzo de 2001 y quedó certificada en el Libro de Sentencias, Tomo Dos, en los folios 68, 69, 70 y reverso, de ese juzgado, con fecha del cinco de marzo.

Por otro lado, la autoridad judicial razonó en su sentencia que “no se recepcionaron declaraciones testificales de los policías que participaron en la detención de los encausados”.

Tal como informó La Prensa en su edición del primero de marzo pasado, basándose en las declaraciones del Capitán Danilo Obregón, Jefe de Investigación Criminal de la Estación Dos de la Policía, el caso inició el 22 de febrero pasado, cuando patrulleros detuvieron a los tres ciudadanos en el sector de la Tienda 3B, dos cuadras al sur, en Linda Vista, al verlos en “actitud sospechosa”.

A dos de ellos –Vargas y Chévez— los patrulleros Guillermo Lucío Alonso Jiménez e Ismael Mendoza, este último en calidad de testigo, les encontraron en su poder una bolsa negra que contenía 61 bolsitas plásticas con presunta marihuana y 55 bolsitas con presunto crack.

Tanto en la Policía como ante la jueza Chévez, el señor Castillo Fernández negó cualquier relación o vínculo con Vargas, quien portaba la droga en la bolsa. Asimismo, el vehículo que conducía fue requisado, sin encontrarse en su interior droga alguna, probándose esta circunstancia a lo largo del proceso.

La jueza Chévez, en su sentencia de sobreseimiento, concluyó que la Policía Nacional no cumplió con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 285 de Procedimiento para la Destrucción de Plantaciones y Sustancias Incautadas.-

Según la judicial, la denuncia de la Policía Nacional no contó con el Acta de Incautación e Identificación Técnica, “por lo que nunca se debió haber levantado el debido proceso, ya que se omitió el trámite establecido por la ley por parte de la Policía Nacional”, además que los agentes involucrados en la detención no se presentaron a rendir sus declaraciones testificales.

La jueza valoró que no se demostró el cuerpo del delito de conformidad con el artículo 55 del Código de Instrucción Criminal que reza: “El cuerpo del delito o falta, es la base y fundamento del juicio criminal y sin que esté suficientemente comprobado, no puede continuarse el juicio criminal”.

LA PRENSA quiso ubicar a la Jueza Chévez para que diera una declaración sobre este caso pero nos informaron que se encontraba en una inspección siendo imposible atendernos. Para la mañana de hoy tiene previsto atendernos.

HIJO DEMOSTRO INOCENCIA

En una primera etapa del proceso, el propio Dr. Félix Castillo Fernández asumió su defensa, pero luego nombró a su hijo, Edgar Castillo Rivas, quien también es abogado. El joven, egresado de la Universidad Centroamericana (UCA), probó la inocencia de su padre.

A los otros procesados se les nombró a los defensores Públicos, doctor Marco Vinicio Rojas Medina y doctora Sheyla Calero Castro, como novedosa forma en la práctica forense, de defensa a los que no tienen medios para pagar un abogado.

Tres días después de ser sobreseído definitivamente, fue devuelto a su dueño el vehículo Mercedes Benz, modelo 240-D, que estaba bajo la jurisdicción de la jueza Vanesa Chévez.  

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