Gobierno insta a protección de la propiedad intelectual

Leyes aprobadas son garantía de libre comercio con el exterior María Antonia López [email protected] La aplicación de las leyes sobre la propiedad intelectual conllevan una serie de beneficios económicos tanto para los autores como para el país cuando las mismas están contempladas dentro de acuerdos y convenios comerciales internacionales, afirmó Azucena Castillo, viceministra de Fomento, […]

  • Leyes aprobadas son garantía de libre comercio con el exterior

María Antonia López [email protected]

La aplicación de las leyes sobre la propiedad intelectual conllevan una serie de beneficios económicos tanto para los autores como para el país cuando las mismas están contempladas dentro de acuerdos y convenios comerciales internacionales, afirmó Azucena Castillo, viceministra de Fomento, Industria y Comercio (Mific).

Nicaragua es país miembro de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual desde 1985 y por tanto tiene posibilidades de solicitar colaboración para que se puedan ampliar los conocimientos sobre la materia.

Durante la clausura del seminario nacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) impartido a jueces, Castillo dijo “que estos esfuerzos productivos y creativos también tienen una retribución económica para los autores, además de establecer reglas claras para la inversión extranjera”.

Es por ello que se han introducido seis leyes de las cuales sólo una no ha sido aprobada pero que ya ha sido dictaminada y con ello “Nicaragua se convierte en un país congruente con su sistema dentro de la economía de mercado”.

Ambrosia Lezama Zelaya, directora de propiedad intelectual en Nicaragua manifestó que los que deben aplicar la ley como jueces, policías y aduanas deben aplicar las leyes de propiedad intelectual que ya se han aprobado en el país.

Sobre el conocimiento de las leyes indicó que “la reciente creación de las mismas da lugar para la formación de muchos sectores ya que es un tema muy amplio, son leyes modernas que pueden ser aprovechadas para conocer los derechos de cada quien y defenderlos”.

Sobre el avance en la aplicación en materia de propiedad intelectual, consideró que ya el país cuenta con personas preparadas, y se nota con mayor énfasis en el sector educativo fundamentalmente.

PROTECCION INTELECTUAL

Leyes de derechos de autor y conexos, Ley de Patentes de Invenciones, Ley de Variedades Vegetales, Ley de Circuitos Integrados, Ley de Transmisión de Satélites, Ley de Signos Distintivos

– La legislación 312 de Ley de Derechos de Autor y Conexos no protege las ideas, los procedimientos como tales, los métodos o conceptos matemáticos, las leyes, actas, acuerdos, sentencias y los dictámenes.

– Esta misma ley permite sin embargo que hayan formas de explotación de los productos siempre y cuando haya autorización son la transformación, la transmisión, la comunicación pública, la adaptación, la distribución, el alquiler entre otras.

– Asimismo la ley da lugar para que haya reproducción para la enseñanza no de libros completos, sino de capítulos o párrafos, material para no videntes, temas de actualidad, informes públicos, parodias y otros.

– Se contemplan también sanciones y autos de prisión cuando hay violaciones a la ley, las cuales van de 1 hasta 5 años dependiendo del delito cometido.  

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