- El experto en Derecho Fiscal, Julio Francisco Báez manifestó que la modificación del régimen tarifario es quinquenal según las leyes actuales en materia de energía. Báez llamó a la población a debatir sobre la defensa a los derechos de la sociedad civil
Nidia Ruiz López [email protected]
El Estado es el que debe asumir el pago de los subsidios parciales o totales en energía que por ley se establecen para las universidades y los jubilados dijo el experto fiscal Julio Francisco Báez.
La distribución de la energía eléctrica en Nicaragua pasó a manos de la empresa española Unión Fenosa. Báez considera que ninguno de estos dos sectores tienen que hablar nada con Fenosa, sino que tiene que ser el gobierno quien asuma la responsabilidad y si no lo hace estaría violando las leyes de la República o invitando a que el grupo español, asuma el pago de estos subsidios.
Agregó que la privatización de la energía se está considerando desde hace años y que el gobierno debió haber hecho una previsión en el Presupuesto General de la República para asumir estos gastos.
La Ley de Autonomía de las Universidades expresa que se debe exonerar del pago de este servicio a los centros de educación superior. El cobro a las universidades se puede dar siempre y cuando se dé una reforma a la ley.
“Mientras tanto las universidades no se pueden tocar, mucho menos el artificio de que como no se pueden tocar ni reformar ni derogar la ley, van a mermar el presupuesto, también sería ilegal”, manifestó el experto fiscal.
En el caso de los jubilados la Ley 160 en su artículo seis indica que los jubilados que consuman 150 kwh o menos en la tarifa de energía eléctrica pagarán únicamente el 50 por ciento al organismo correspondiente.
“Unión Fenosa tiene que seguir brindando el servicio y ¿quién le paga el servicio?. Ese es otro problema”, manifestó Báez.
Agrega el experto que si la empresa española les cobra a ambos sectores se debe de hacer un “escándalo o una movilización nacional” o acusarlos en los juzgados por cobros indebidos. La empresa también está obligada a continuar brindando el servicio.
Manifestó Báez que la próxima semana harán un llamado tanto al movimiento comunal, jubilados y universidades para abrir un debate nacional sobre la defensa de los derechos elementales de la sociedad civil.
“Nosotros vamos a participar convocando y analizando jurídicamente esta amenaza”, explicó el experto en Derecho Fiscal.
NO DEBEN AUMENTAR TARIFA
El experto en Derecho Fiscal Julio Francisco Báez, manifestó que los usuarios de energía no deben pagar el uno por ciento por regulación que hasta ayer pagaba la Empresa Nicaragüense de Electricidad (Enel) al Instituto Nicaragüense de Energía (INE).
Báez, expresó que la Ley 271 que es la Reforma a la Ley Orgánica del INE en su artículo cuatro establece que el cargo por servicio de regulación de hasta 1.5 por ciento de la facturación de las actividades que realicen los concesionarios y titulares de licencia de distribución, debe de enterarle al INE, pero eso no implica que automáticamente, se lo traslade al usuario.
“No existe facultad legal para que el costo de Enel ahora sería por Fenosa, se le traslade al usuario, estaría incurriéndose en violación de la legislación energética nicaragüense y además se estaría incurriendo en delito por la realización de un cobro indebido”, manifestó el experto fiscal.
Agregó la estructura tarifaria no la establece el distribuidor sino el INE, “la cual según la Ley de la Industria Eléctrica y las normas generales para la prestación del servicio eléctrico que está vigente no existe ninguna autorización para que se incorpore como un componente del régimen tarifario este cobro por servicio de regulación”.
Báez explicó que si Enel cobró ese uno por ciento a los usuarios, sin habérselo desglosado en la factura, esa es una irregularidad, pero que además se los debe de regresar a los usuarios. El monto aproximado es de 1.7 millones de dólares anuales.