Estoy totalmente de acuerdo con los argumentos legales expuestos por el Dr. Herdocia en reciente artículo publicado en LA PRENSA en que rebate y condena las fabulosas indemnizaciones conseguidas por funcionarios inmorales, que han renunciado de sus puestos políticos y hasta han continuado en otros cargos, trabajándole al mismo gobierno, y estoy seguro que los pocos, cuyo pastel se ha descubierto, sólo son la punta del iceberg.
El autor solicita opiniones sobre el tema y este es mi criterio: el último Código del Trabajo obliga al empleador a pagar indemnización cuando rescinda el contrato de trabajo, por tiempo indefinido y sin causa justificada, lo cual es muy justo. Pero lo cuestionable es que se aplique la misma regla de antigüedad en caso de renuncia del trabajador, y sobre el particular está pendiente un recurso de amparo, desde hace tres años, ante la Corte Suprema de Justicia. El jurista explica que tal disposición es aceptable, en consideración a la situación económica deplorable en que subsisten los trabajadores, pero cuando así argumenta, sólo piensa en las grandes empresas, sin considerar la verdadera realidad del país. Todos los pequeños talleres artesanales, como zapaterías, talleres de mecánica, hojalaterías, sastrerías, carpinterías, barberías, etc. tienen empleados, cuyos sueldos se conforman según el trabajo que llega, manteniéndose una proporción convenida. Algunos sacan un promedio y cotizan en el Seguro Social. Pongamos un ejemplo: un sastre tiene tres viejas máquinas Singer y mantiene a tres operarios, con quienes se reparte los ingresos. Claro que para Semana Santa, en Navidad y en la apertura de clases, trabajan hasta la noche, pero ganan más. Se instala en la ciudad una zona franca, donde se confeccionará ropa de varón y pagan buen sueldo y fijo. Se van los tres ayudantes y el pobre sastre que por haber tratado a sus empleados como familiares (quienes los tratan mal, no tienen esos problemas porque no le duran los trabajadores), ya tienen más de diez años, de ayudarle, tendrá que pagarles en total, quince meses de salario. Después de vender sus máquinas y sus tijeras, aún les quedará debiendo, y si ya está viejo, tendrá que pedir limosna, porque ya no conseguirá trabajo en la empresa.
Sucede lo mismo en el servicio doméstico donde la inmensa mayoría de las empleadoras son personas que sólo disponen de pequeños negocios o sueldos, pero estos casos se siguen solucionando de acuerdo a la costumbre y no por el Código.
Quizás podría dejarse esa disposición para los empleadores que tengan más de treinta trabajadores a su servicio.
José Antonio Tijerino Altamirano
Abogado y Notario
Chinandega .