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Por segunda vez en esta semana, Carlos Arroyo Ugarte, abogado defensor de Lila Bermúdez Urbina, recusó al judicial que la investiga a ella y al marido de ella, Sr. Carlos Loáisiga Castillo, acusados por usurpación de título, asociación ilícita para delinquir y falsificación de documentos.
El período probatorio para que el juez acopiara las evidencias que demostraran la comisión o no de los delitos por parte de los acusados vencía ayer, pero sorpresivamente Arroyo recusó al Juez Cuarto Local del Crimen, Gonzalo Calero, quien no tenía ni dos días de haber asumido el caso.
Con anterioridad, la Jueza Tercero Local del Crimen, Rosario Peralta, impulsó la investigación sobre Bermúdez y Loáisiga, por orden expresa de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que descubrió que ambos no están incorporados como abogados y notarios y por lo tanto no están autorizados para ejercer como tales.
No obstante, cuando los testigos empezaron a confirmar que los incriminados actuaban como abogados y notarios, Arroyo recusó a la Jueza Peralta alegando que actuaba en perjuicio de su cliente.
Para el abogado acusador de los incriminados, Noel Alonso Cano, la actuación de Arroyo no es sino una muestra de su falta de argumentos para probar la inocencia de Bermúdez y su esposo, por lo que buscó la forma de hacer que los ocho días de prueba pasaran, a fin de que el judicial se viera obligado a fallar.
Arroyo argumentó que recusó a Calero porque en otro juicio que no tiene nada que ver con el caso de Bermúdez, el judicial se negó a tramitar una causa que Pedro Joaquín Martínez Moreno promovió contra Clorinda Martínez.
Alonso Cano aseguró que si la Jueza Quinto Local del Crimen de Managua, Juanita Méndez, opta por fallar el caso sin recabar las pruebas, es decir, si resuelve que los acusados no cometieron delito alguno, “también estaría cometiendo un delito por resolver sobre el fondo del asunto”.
Agregó que su obligación (de la Jueza Méndez) es decidir si el incidente de recusación procede o no y seguir recabando las pruebas ordenadas en el juicio principal, ya que fueron solicitadas y autorizadas en el término legal, razón por la cual no hay excusa para no realizarlas.
El jurista recordó que entre la procesada y la judicial existe afinidad por cuanto en los años 80, la primera fungió como jueza suplente y Méndez desempeñaba un cargo que propició estrechar relaciones de trabajo entre ambas.
Abogados que siguen de cerca el juicio contra Loáisiga y Bermúdez, por cuanto están íntimamente ligados al juicio que se le sigue a Alejandro Carrión por la muerte de Pablo Leal, comentaron que Arroyo podría ganarse que la CSJ lo suspenda definitivamente para ejercer la profesión, “porque está abusando de los incidentes de recusación”.
La CSJ ya le había suspendido la licencia para litigar por varios años.
En tanto, la Sala Civil del Tribunal de Apelaciones de Managua, creada especialmente para juzgar al ex juez suplente Walter Solís, ordenó que con carácter de urgencia, la Sala Penal certifique todo el expediente que el judicial tramitó para tener elementos de prueba sobre su responsabilidad en el presunto delito de prevaricato que Cano promovió en su contra.