El sujeto identificado como Rafael Antonio Valdez García, de 42 años, señalado como presunto responsable del crimen atroz que habría cometido contra su pareja de origen nicaragüense y su hija de nueve años de edad, fue capturado este miércoles 21 de octubre, confirmó la Policía Nacional a través de la nota de prensa 007-2026.
La institución refirió que Valdez García, al que calificó como un sujeto de alta peligrosidad, fue detenido en la finca La Aurora, ubicada en la comunidad La Fundadora, en Jinotega, cuando intentaba “ocultarse para evadir la justicia”.
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El sujeto habría huido de Costa Rica luego de presuntamente cometer —el 17 de octubre pasado— los delitos de femicidio y parricidio en perjuicio de Jazmina López Castro, de nacionalidad nicaragüense y quien era su pareja, y en contra de su hija identificada como Valeska Valdez López.
Valdez García será procesado por «crimen atroz»
El crimen atroz contra madre e hija, según la nota policial, ocurrió en Liberia, provincia de Guanacaste, en Costa Rica.
La Policía de Nicaragua refirió que debido a la «extrema crueldad, alevosía y desprecio por la vida humana, demostrados al privar de la vida a su propia familia», Valdez García representa «una amenaza grave y directa para la seguridad ciudadana».
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Detalló que el sujeto Valdez García, que «ya se encuentra bajo resguardo policial», será enviado «de inmediato» ante las autoridades judiciales competentes «para que sea procesado y enjuiciado en Nicaragua bajo la tipificación de crimen atroz, garantizando que todo el peso de la ley recaiga sobre él».
Nicaragua no extradita a sus nacionales que hayan cometido delitos en otro país, pero sí los procesa en el territorio nacional.
El Código Penal de Nicaragua y la Ley Integral Contra la Violencia Hacia las Mujeres y sus reformas, establecen que por la comisión de delitos de extrema gravedad, entre estos asesinato agravado, parricidio y femicidio agravado, los procesados pueden enfrentar la pena de prisión perpetua revisable cuando se concurren circunstancias previstas en la ley.
Algunas de las circunstancias agravantes que se mencionan en el Código Penal de Nicaragua van desde actuar con alevosía, ensañamiento, cometer el delito en presencia de menores de edad, que la víctima sea un menor de edad, que la víctima estuviera especialmente vulnerable o tuviera algún tipo de discapacidad y usar determinados medios como asfixia, incendio, explosión o veneno para cometer el delito.