La suprema farsa de la justicia de la dictadura

Los juristas nicaragüenses independientes y democráticos, y los voceros de la oposición en el exilio, han repudiado los nombramientos de los nuevos “magistrados” de la Corte Suprema de Justicia.

Los tales “magistrados” han sido descalificados por sus antecedentes como ejecutores en el ámbito judicial de la represión de la dictadura, que ha incluido crímenes contra la humanidad. Por eso, precisamente, casi todos ellos han sido sancionados por el Gobierno de Estados Unidos (EE. UU.).

Es comprensible el repudio y la descalificación opositora a los supuestos “magistrados” nombrados por la dictadura. Pero también es comprensible que sean esas personas las escogidas por el dúo dictatorial de Nicaragua. No se puede esperar que la dictadura designe para esos cargos formales, a personas profesionales competentes y respetables.

Lo cierto es que en Nicaragua ni siquiera hay poder judicial, y mucho menos independiente, como son los de todos los países civilizados, modernos y por lo tanto democráticos. En la constitución del régimen sandinista de Ortega y Murillo la Corte Suprema de Justicia existe de nombre, pero en la realidad es solo el grupo de cabecillas del órgano judicial de la dictadura encargado de ejecutar la represión en el ámbito de los juzgados y los tribunales.

Ortega y Murillo aplican el concepto marxista-leninista de la unicidad del poder, el que se ejerce desde un centro único de mando mediante distintos órganos de ejecución o “correas de transmisión”. El poder real reside en el buró político del partido único o hegemónico, en el caudillo e incluso en dos “líderes” que comparten el poder omnímodo, como ocurre en Nicaragua.

La división de poderes en cambio es el sistema político para la gobernanza en todos los países donde hay democracia liberal. Se inspira en las ideas originales del filósofo inglés del siglo 17, John Locke, y del pensador francés Montesquieu, del siglo 18. Y consiste en la existencia de tres poderes del Estado (Legislativo, Ejecutivo y Judicial), “para garantizar un sistema más justo y equilibrado, con el objetivo de evitar el abuso de poder”.

En este sistema de poder tripartito, que es la columna vertebral de la forma de gobierno basada en la libertad y la democracia, ninguno de los tres poderes domina a los demás. El sistema está diseñado para que los poderes se controlen mutuamente y se equilibren, evitando la concentración de fuerza en una sola entidad del Estado, un partido político y menos en una o dos personas.

Como dice el enciclopedista político Rodrigo Borja, “el propósito esencial de la división de poderes es evitar que la concentración de la autoridad en un solo órgano estatal conduzca a la sociedad hacia el despotismo. El fraccionamiento de la autoridad pública previene este peligro al asignar a diferentes órganos el ejercicio de fracciones de poder. De este modo, ninguno de ellos por sí solo tiene la fuerza suficiente para instaurar un régimen autoritario”.

En Nicaragua hay suficientes profesionales del derecho, respetables por su experiencia, honorabilidad y sentido de justicia. Personas con capacidad para ejercer eficaz y honestamente los cargos básicos, intermedios y supremos del poder judicial. Gente con conocimiento de los tratados internacionales y respeto a la doctrina de derechos humanos, y con firmeza para no dejarse someter por fuerzas extrajudiciales políticas, económicas y mediáticas.

Cuando termine la dictadura y la democracia sea reconstruida en Nicaragua, no deberá ser admisible la elección o nombramiento de jueces y magistrados por su militancia partidista, simpatías políticas y compromisos con intereses particulares y espurios.

No se deberá permitir que en la nueva democracia se cometan los mismos errores y se toleren los vicios que condujeron a Nicaragua al desastre actual. Los liderazgos políticos emergentes deberán asumir solemnemente ese compromiso, y cumplirlo. Y en caso de que no lo cumplan, tendrán que ser repudiados por la sociedad, públicamente, y sancionados por la ley.

Ese es nuestro buen deseo y ojalá que se pueda cumplir.

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