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La Alcaldía de Managua, a través de la Ordenanza Municipal 01-2013, ha intensificado la fiscalización del actuar de las empresas que operan en la capital, girando multas y advertencias por daños ambientales que cometen en Managua. Algunas de las personas jurídicas sancionadas en lo que va de 2025, incluso en casos de poda severa, tenían su respectivo permiso del Instituto Nacional Forestal (Inafor), cuyas funciones ahora están a cargo del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (Marena), pero recibieron multas.
El Centro Comercial Managua, según la publicación realizada por la Alcaldía de Managua en su página Yo Quiero Vivir Limpio, realizó una «poda severa» de 12 árboles de diferentes especies no maderables y, pese a tener permiso del Inafor para la poda, recibió una jugosa multa.
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“Tras atender una denuncia, verificamos poda severa de 12 árboles de diferentes especies no maderables. Aunque la administración presentó permiso del Inafor, se aplicó multa ambiental por la intensidad de la poda”, indicó la comuna capitalina.
Multa al Centro Comercial Managua
La Alcaldía de Managua, aunque no detalló de cuánto fue la multa que se aplicó al Centro Comercial Managua, ya que este año intensificó su política de ocultamiento de la información, se confirmó que por el tipo de infracción que habría cometido esa persona jurídica la multa habría sido ubicada en 35 mil córdobas.
El inciso “e” del artículo 12 sobre “Daños forestales” de la Ordenanza Municipal 01-2013 de la Alcaldía de Managua establece: “El que, teniendo permiso para corte o poda forestal, se exceda de lo autorizado” se le impondrá, en caso de ser persona jurídica, una multa de 35 mil córdobas.

A inicios de este mes, la comuna de Managua reportó que multó a otra persona jurídica. En este caso no se identificó la razón social multada, pero se especificó que la infracción consistió en “poda no autorizada de tres árboles de neem, sin contar con el aval forestal requerido”.
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El artículo 12, inciso “a”, de la Ordenanza Municipal 01-2013 establece una multa de 1,000 córdobas para las personas jurídicas que “deforesten con el corte o poda de árboles” sin el correspondiente permiso ambiental, esto cuando la poda sea de dos hasta cinco árboles.
Denuncian negocios por contaminación sonora
En este mes de mayo, la municipalidad de Managua también multó a un negocio de venta de carne cruda, ubicado en el barrio San Judas, Distrito Tres de Managua, por “depositar desechos en un sitio no autorizado”.
Además, inspeccionó un puesto de venta de carne, ubicado en San Miguel, que fue reportado por tener un parlante con alto volumen sobre el andén frente al negocio. Este sólo recibió una notificación para que tramite sus permisos de matrícula y aval ambiental, la notificación de que estaba prohibido usar parlantes fuera de su local, regular el sonido de tal forma que no incurriera en contaminación sonora, y una advertencia de que, si reincide, se le aplicará multa conforme a la Ordenanza Municipal 01-2013.

Límites legales para podar árboles sin recibir multa
En febrero pasado, la Dirección General de Medio Ambiente y Urbanismo de la Alcaldía de Managua también impuso una multa por 100 mil córdobas a la empresa Equipamientos Urbanos Nix Sociedad Anónima, argumentando que esta reincidió en la poda de árboles «sin autorización o aval forestal».
Las personas jurídicas o naturales, que gestionan sus permisos para la poda de árboles ante el Inafor, cabe mencionar que deben cumplir también con la «Norma Técnica Obligatoria Nicaragüense (NTON) 18 001-12», misma que se aplica a cualquier persona física o jurídica que «realice actividades forestales en el país», incluyendo las podas en áreas urbanas, con el fin de garantizar el «aprovechamiento responsable y la conservación de los recursos forestales».
En el inciso 5 sobre «Manejo sostenible del bosque» de la Norma Técnica 18 001-12, regulada por el Inafor, se establece que las podas «se deben efectuar cuando los árboles presenten diámetros a la altura del pecho (D 1.30 metros) entre 8-14 cm» y solamente «se debe podar un 30 por ciento de la altura total de copa».
Tomando en cuenta lo que establece dicha normativa, frente a los casos de poda severa que ha identificado la comuna capitalina en los últimos meses, queda claro que quienes recibieron los respectivos permisos —por desconocimiento o no— incurrieron en la poda severa al retirar toda la copa de los árboles que podaron, y no sólo el 30 por ciento de esta como establece la normativa.