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Solicitar asilo implica declarar que se teme persecución en el país de origen por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social o por opiniones políticas. En ese contexto, gestionar un pasaporte ante las autoridades de ese mismo país puede generar serios cuestionamientos sobre la veracidad del temor alegado.
“En determinados casos, esto puede sembrar dudas sobre la credibilidad del solicitante y, en situaciones extremas, generar una presunción de fraude o frivolidad. Esto constituye una violación grave que puede acarrear consecuencias migratorias severas, incluyendo la pérdida del estatus de asilo y la inelegibilidad para otros beneficios futuros”, explica Isai Eli Ramírez, abogado del bufete RCA Immigration en California.
Ramírez añade que “el riesgo legal radica en el principio de *re-availment of protection*, contenido en el derecho internacional de los refugiados y recogido en la legislación estadounidense. Este principio establece que un asilado puede perder su estatus si voluntariamente busca o acepta protección del gobierno del que afirmó huir, lo cual puede evidenciarse no sólo mediante viajes, sino también con acciones como solicitar documentos consulares o renovar un pasaporte”.
Por su parte, la abogada Noelia Ramos señala que “las personas que entraron por la frontera y fueron liberadas —ya sea bajo fianza, parole o bajo palabra— firmaron una serie de condiciones. Una de ellas es notificar a ICE si solicitan o renuevan un pasaporte”.
“¿Por qué le interesa eso al Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE)? Porque si el día de una deportación no hay pasaporte, ICE debe esperar el trámite con la embajada. Pero si el pasaporte ya está disponible, la deportación no se detiene”, afirma Ramos.
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Usar el Documento de Viaje para Refugiados
Ambos expertos coinciden en que para evitar este tipo de contradicciones, las personas con asilo aprobado o pendiente deben utilizar el Documento de Viaje para Refugiados, emitido por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, el cual cumple la función de pasaporte sin comprometer el estatus migratorio.
Según la experiencia de los abogados consultados, ha habido múltiples casos en los que el asilo ha sido negado o revocado por acciones como solicitar pasaportes, gestionar documentos consulares o regresar al país de origen.
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“Si bien no todas estas acciones resultan automáticamente en una negación, sí pueden generar serias dudas sobre la credibilidad del solicitante. El oficial de asilo o el juez evaluará si esa conducta es coherente con el temor alegado. De encontrarse contradicciones sustanciales, el caso puede considerarse frívolo o fraudulento, lo cual puede inhabilitar permanentemente a la persona para obtener beneficios migratorios en el futuro”, advierte Ramírez.
Ramos, por su parte, concluye que “en una entrevista de asilo, no te dirán directamente que te lo niegan por tener pasaporte. Pero según la ley, el oficial evaluará la totalidad de las circunstancias, y ese detalle puede pesar en su decisión”.